{"id":2395,"date":"2008-10-18T08:38:53","date_gmt":"2008-10-18T13:38:53","guid":{"rendered":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=2395"},"modified":"2008-10-18T08:39:37","modified_gmt":"2008-10-18T13:39:37","slug":"2395","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=2395","title":{"rendered":"Los alimentos en M\u00e9xico"},"content":{"rendered":"<h1 class=\"title\">Garant\u00eda constitucional<\/h1>\n<h1 class=\"title\">a la alimentaci\u00f3n<\/h1>\n<p>Miguel Concha<\/p>\n<p>La Jornada\u00a0<\/p>\n<p>La Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentaci\u00f3n (FAO) en 1979 instituy\u00f3 el 16 de octubre como D\u00eda Mundial de la Alimentaci\u00f3n. Con ese motivo, el pasado jueves la Red de Acci\u00f3n e Informaci\u00f3n por el Derecho a la Alimentaci\u00f3n (FIAN, por sus siglas en ingl\u00e9s) entreg\u00f3 en la C\u00e1mara de Diputados, y en especial a la Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales, una carta en la que exige que con car\u00e1cter urgente, prioritario y sin dilaciones se eleve a rango constitucional el derecho humano a la alimentaci\u00f3n, como lo ha venido demandando con cientos de organizaciones y una gran cantidad de personalidades desde hace 15 a\u00f1os, con fundamento en las obligaciones internacionales contra\u00eddas por M\u00e9xico.<\/p>\n<p>En su carta, la organizaci\u00f3n humanitaria explica que con estimaciones de 2006, el porcentaje de personas en situaci\u00f3n de pobreza alimentaria en el \u00e1mbito rural fue de 24 por ciento, y en el urbano de 7.5. Adem\u00e1s se calcula que existen en M\u00e9xico 6.4 millones de ni\u00f1os que viven en municipios de alta y muy alta marginaci\u00f3n y que no cuentan con los satisfactores b\u00e1sicos. Con lo cual persiste una tasa de desnutrici\u00f3n global leve y severa en menores de cinco a\u00f1os en zonas rurales, con el 20 por ciento de los ni\u00f1os con baja talla.<\/p>\n<p>Se a\u00f1ade que mientras parad\u00f3jicamente la obesidad y el aumento del \u00edndice de enfermedades por la mala nutrici\u00f3n se han convertido en el pa\u00eds en un problema de salud p\u00fablica, como consecuencia del remplazo de los alimentos tradicionales por alimentos chatarra, el 5 por ciento de menores de cinco a\u00f1os tiene bajo peso, el 12 por ciento baja talla y el 1.6 por ciento desnutrici\u00f3n aguda. Por todo ello, y teniendo en cuenta la actual crisis mundial alimentaria, el Secretariado Internacional de FIAN, con sede en Heidelberg, Alemania, respald\u00f3 este a\u00f1o con otra carta a los diputados la petici\u00f3n. Como lo defini\u00f3 en 2004 el relator especial de la ONU sobre el derecho a la alimentaci\u00f3n, este derecho implica el tener acceso de manera regular, permanente y libre, directamente o mediante su adquisici\u00f3n en el comercio, a una alimentaci\u00f3n cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, que corresponda a las tradiciones culturales de la poblaci\u00f3n a la que pertenece la persona que la consume, y garantice una vida s\u00edquica y f\u00edsica individual y colectiva libre de angustias, satisfactoria y digna. Junto con otras reformas constitucionales que en materia de derechos humanos siguen pendientes, su inclusi\u00f3n como garant\u00eda en la Constituci\u00f3n permitir\u00eda a la poblaci\u00f3n hacerlo judicialmente exigible, y obligar\u00eda a las autoridades a cumplirlo eficazmente en todos los casos. Este derecho obliga adem\u00e1s al Estado a promover la soberan\u00eda alimentaria, la cual no debe confundirse con la mera seguridad alimentaria, que por lo dem\u00e1s debe ser tambi\u00e9n nutricional, y menos con la suficiencia alimentaria, como pretenden las mentalidades y programas neoliberales del r\u00e9gimen.<\/p>\n<p>Para el movimiento social mundial de campesinos y agricultores V\u00eda Campesina, por ejemplo, la soberan\u00eda alimentaria es \u201cel derecho de cada pueblo a definir sus propias pol\u00edticas agropecuarias y en materia de alimentaci\u00f3n, a proteger y reglamentar la producci\u00f3n agropecuaria nacional y el mercado dom\u00e9stico, a fin de alcanzar metas de desarrollo sustentable, a decidir en qu\u00e9 medida quieren ser autodependientes, y a impedir que sus mercados se vean inundados por los productos excedentes de otros pa\u00edses, que los vuelcan al mercado internacional mediante la pr\u00e1ctica del <em>dumping\u201d.<\/em> Lo cual implica que el Estado d\u00e9 prioridad a la producci\u00f3n nacional, por encima de las importaciones de alimentos provenientes del extranjero. El 15 de diciembre de 2003 se aprob\u00f3 en el Senado un proyecto de decreto que adiciona un p\u00e1rrafo tercero al art\u00edculo cuarto, y otro a la fracci\u00f3n XX del art\u00edculo 27 de la Constituci\u00f3n. El primero obliga al Estado a garantizar \u201ceficientemente el acceso de toda persona a una alimentaci\u00f3n suficiente y de calidad, que le permita satisfacer sus necesidades nutricionales que aseguren su desarrollo f\u00edsico y mental\u201d (sic). El segundo establece la obligaci\u00f3n del Estado de garantizar \u201cel abasto suficiente y oportuno de alimentos b\u00e1sicos que la ley establezca\u201d en sus pol\u00edticas de desarrollo rural integral. No obstante que estas importantes aunque acotadas modificaciones fueron aprobadas con 78 votos en favor y \u00fanicamente ocho sufragios en contra, la C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3 al a\u00f1o siguiente la iniciativa, aunque ampliando indebidamente en la Constituci\u00f3n el cumplimiento de estas obligaciones del Estado a otros sectores sociales.<\/p>\n<p>Por tal motivo, las reformas tuvieron que volver al Senado, que de nueva cuenta las envi\u00f3 a comisiones. El Senado posteriormente no acept\u00f3 las modificaciones y regres\u00f3 la minuta en sus t\u00e9rminos originales a la C\u00e1mara de Diputados, donde qued\u00f3 pendiente de ser dictaminada en la Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales. Por ello, el pasado jueves el diputado Oth\u00f3n Cuevas present\u00f3 a la Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales una excitativa, a petici\u00f3n de FIAN, para que a la brevedad posible emita un dictamen favorable a la iniciativa aprobada en el a\u00f1o 2003 en la C\u00e1mara de Senadores. Ser\u00eda importante que a su vez el Senado dictamine por fin la Ley de Planeaci\u00f3n para la Soberan\u00eda y la Seguridad Alimentaria y Nutricional, aprobada desde julio de 2006 en la C\u00e1mara de Diputados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Garant\u00eda constitucional a la alimentaci\u00f3n Miguel Concha La Jornada\u00a0 La Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentaci\u00f3n (FAO) en 1979 instituy\u00f3 el 16 de octubre como D\u00eda Mundial de la Alimentaci\u00f3n. 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