{"id":2537,"date":"2008-10-27T19:28:11","date_gmt":"2008-10-28T00:28:11","guid":{"rendered":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=2537"},"modified":"2008-10-27T19:28:11","modified_gmt":"2008-10-28T00:28:11","slug":"derechos-humanos-frayba-informa-29","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=2537","title":{"rendered":"Derechos Humanos FRAYBA informa:"},"content":{"rendered":"<p>Estimadas y Estimados:<br \/>\na continuaci\u00f3n les enviamos un recordatorio p\u00fablico al Gobierno del<br \/>\nEstado de Chiapas, en relaci\u00f3n a los hechos ocurridos en la comunidad<br \/>\nde Miguel Hidalgo (caso Chincultic), municipio de La Trinitaria.<br \/>\nPor favor de difundirlo.<\/p>\n<p>Atentamente<\/p>\n<p>Jorge HERN\u00c1NDEZ<br \/>\n\u00c1rea de Sistematizaci\u00f3n<br \/>\ne Incidencia<br \/>\nCentro de Derechos Humanos<br \/>\nFray Bartolom\u00e9 de Las Casas, AC<\/p>\n<p>***<\/p>\n<p>San Crist\u00f3bal de Las Casas, Chiapas<br \/>\nA 27 de Octubre de 2008<br \/>\nRef: Solicitud abierta<br \/>\nCaso ?Masacre de Chinkultic?.<br \/>\nLic. Juan Jos\u00e9 SABINES GUERRERO<br \/>\nGobernador Constitucional<br \/>\ndel Estado de Chiapas<br \/>\nPresente<br \/>\nSe\u00f1or Gobernador;<br \/>\nPor medio de la presente, y en representaci\u00f3n del Centro de Derechos<br \/>\nHumanos Fray Bartolom\u00e9 de Las Casas, A.C., le hago un PRIMER<br \/>\nRECORDATORIO P\u00daBLICO de nuestra solicitud de informaci\u00f3n sobre el caso<br \/>\nde La Masacre de Chinkultic, toda vez que como recordar\u00e1 el d\u00eda ocho<br \/>\nde octubre, es decir hace diecinueve d\u00edas, le requerimos informaci\u00f3n<br \/>\nsobre tan lamentables sucesos sin que hasta la fecha usted o alg\u00fan<br \/>\nfuncionario suyo haya atendido nuestra solicitud.<br \/>\nLlamamos su atenci\u00f3n sobre la importancia que tienen la transparencia<br \/>\ny contralor\u00eda ciudadana en la investigaci\u00f3n de eventos como estos, ya<br \/>\nque resulta menesteroso que la poblaci\u00f3n en general tenga acceso a la<br \/>\nverdad de lo sucedido as\u00ed como el tratamiento que recibe por parte del<br \/>\nEstado, como una de las medidas para reparar los da\u00f1os, para que<br \/>\nentonces s\u00ed sea integral, que resultaron de la indebida y abusiva<br \/>\nacci\u00f3n del Estado Mexicano, en esta ocasi\u00f3n perpetradas por agentes<br \/>\ndel estado federativo que usted Gobierna.<br \/>\nNo est\u00e1 dem\u00e1s se\u00f1alar que los cr\u00edmenes perpetrados contra los<br \/>\npobladores de la comunidad de Miguel Hidalgo, municipio de La<br \/>\nTrinitaria, el 3 de octubre pasado, por elementos de la Polic\u00eda<br \/>\nEstatal Preventiva, de la Polic\u00eda Ministerial y personal adscrito al<br \/>\nMinisterio de Justicia, son de los considerados por el instrumental<br \/>\ninternacional de los Derechos Humanos, como Cr\u00edmenes de Lesa<br \/>\nHumanidad, es decir que no tan solo perjudicaron a las v\u00edctimas<br \/>\ndirectas e indirectas, sino que adem\u00e1s son ofensivos a toda la<br \/>\nhumanidad.<br \/>\nHemos monitoreado la informaci\u00f3n que los medios han difundido sobre La<br \/>\nMasacre de Chinkultic, hemos adem\u00e1s documentado por nuestra propia<br \/>\ncuenta, pudiendo adelantar las consideraciones y solicitudes siguientes:<br \/>\n1) La Procuradur\u00eda General de La Rep\u00fablica solicit\u00f3 al Ministerio de<br \/>\nJusticia y a la Polic\u00eda Estatal Preventiva su colaboraci\u00f3n con el fin<br \/>\nde realizar el desalojo del Parque Nacional Lagunas de Montebello.<br \/>\nJam\u00e1s para el desalojo de la Zona Arqueol\u00f3gica de Chinkultic y mucho<br \/>\nmenos para realizar cateos, \u00f3rdenes de presentaci\u00f3n o de aprehensi\u00f3n,<br \/>\no cualquier otro acto de molestia contra pobladores de la comunidad de<br \/>\nMiguel Hidalgo y que pudiera justificar el operativo violento que nos<br \/>\nocupa.<br \/>\nAs\u00ed tambi\u00e9n cabe se\u00f1alar que usted ya deslind\u00f3 a la Procuradur\u00eda<br \/>\nGeneral de Justicia de estos hechos, por lo que podemos concluir, que<br \/>\nlos \u00fanicos responsables de los cr\u00edmenes de lesa humanidad y dem\u00e1s<br \/>\nviolaciones a los derechos humanos cometidos en la Masacre de<br \/>\nChinkultic, son elementos estatales adscritos a secretarias a su cargo.<br \/>\nEn ese tenor, le solicitamos nos informe:<br \/>\n\u00danico: \u00bfA qu\u00e9 funcionarios de la Secretar\u00eda de Gobierno, de la<br \/>\nSecretaria de Seguridad y Protecci\u00f3n Ciudadana y del Ministerio de<br \/>\nJusticia del estado se ha iniciado procedimiento administrativo y\/o<br \/>\naveriguaci\u00f3n previa sobre su nivel de responsabilidad en los hechos? y<br \/>\ns\u00ed \u00bfse inici\u00f3 procedimiento administrativo y\/o penal que permita<br \/>\nestablecer si los titulares de la Secretar\u00eda de Gobierno, Secretar\u00eda<br \/>\nde Seguridad y Protecci\u00f3n Ciudadana y del Ministerio de Justicia<br \/>\ntienen o no responsabilidad en la agresi\u00f3n del 3 de octubre pasado?, y<br \/>\n\u00bfcu\u00e1l es el estado procesal que guardan dichos procedimientos, de<br \/>\nexistir?.<br \/>\n2) En nuestra solicitud previa, en su punto segundo pedimos:<br \/>\n?Informaci\u00f3n sobre la existencia, de manuales y\/o protocolos para la<br \/>\nimplementaci\u00f3n de operativos polic\u00edacos, y en caso de su existencia,<br \/>\nse nos remita copias certificadas de los mismos?, al respecto nos<br \/>\nhemos enterado de que a iniciativa suya se aprob\u00f3 Decreto en el que se<br \/>\nestablece la creaci\u00f3n de un ?protocolo para desalojos?, con lo que<br \/>\npodemos deducir que antes no exist\u00eda reglamentaci\u00f3n para la<br \/>\nimplementaci\u00f3n de operativos policiales con lo que ya podemos afirmar<br \/>\nque esa deficiencia estructural deriva en una violaci\u00f3n sistem\u00e1tica de<br \/>\nlos derechos de la poblaci\u00f3n y que en el caso concreto resulto en uno,<br \/>\nde varios, de los factores que incidieron en que se cometieran los<br \/>\ncr\u00edmenes contra la poblaci\u00f3n de Miguel Hidalgo.<br \/>\nAsimismo de la revisi\u00f3n que hicimos del mencionado Decreto, observamos<br \/>\nque no toma en consideraci\u00f3n los tratados internacionales sobre la<br \/>\nmateria por lo que adolece de las perspectivas de derechos humanos en<br \/>\ngeneral, de g\u00e9nero y de los derechos de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes en<br \/>\nparticular; esto mismo nos lleva a deducir que en su gabinete no se<br \/>\ncuenta con la asesor\u00eda necesaria en la materia de derechos humanos y<br \/>\nque esto redunda en un riesgo para las personas que se encuentran en<br \/>\nterritorio chiapaneco.<br \/>\nEn ese tenor, observamos que la Comisi\u00f3n de los Derechos Humanos de<br \/>\nChiapas, no solo no cumple con su obligaci\u00f3n de velar de manera<br \/>\npreventiva por los derechos humanos sino que adem\u00e1s termina por<br \/>\nlegitimar las violaciones a estos derechos y el caso que nos ocupa es<br \/>\nla mejor muestra, por lo que de poco servir\u00e1 a la poblaci\u00f3n que dicho<br \/>\norganismos vigile los ?operativos de desalojo?.<br \/>\nEs menester realizar cambios sustanciales y estructurales a dicho<br \/>\norganismo p\u00fablico de derechos humanos que garanticen su autonom\u00eda e<br \/>\nindependencia y dejar de utilizarlo como cartera para el pago de<br \/>\nfacturas pol\u00edticas. Las personas que laboran en dicho organismo, en<br \/>\nespecial su presidente, requieren de una capacitaci\u00f3n intensiva en<br \/>\nmateria de derechos humanos o en su defecto abrir convocatoria para<br \/>\nque dicha labor sea realizada por personas con experiencia y<br \/>\ntrayectoria en la defensa de derechos humanos y no por improvisados,<br \/>\nal final pol\u00edticos que le vienen al modo al ejecutivo en turno.<br \/>\n3) Sabemos que usted orden\u00f3 diversas medidas para atender a los deudos<br \/>\ny dem\u00e1s v\u00edctimas de la masacre de Chinkultic, no obstante tambi\u00e9n<br \/>\nobservamos que esas medidas est\u00e1n muy lejos de los est\u00e1ndares exigidos<br \/>\npor los instrumentos de derechos humanos, por lo que le pedimos<br \/>\nretomar lo establecido, por ejemplo, por el instrumento denominado<br \/>\nPrincipios y directrices b\u00e1sicos sobre el derecho de las v\u00edctimas de<br \/>\nviolaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos<br \/>\nhumanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario<br \/>\na interponer recursos y obtener reparaciones , aprobado por la<br \/>\nAsamblea General de Naciones Unidas el 16 de diciembre de 2005.<br \/>\nEn conclusi\u00f3n, consideramos que existe un gran riesgo de que esta<br \/>\nmasacre como otras quede impune y que la sanci\u00f3n a los responsables<br \/>\nquede \u00fanicamente en los servidores p\u00fablicos de m\u00e1s bajo rango, cuando<br \/>\nes evidentemente la responsabilidad de no solo de funcionarios de<br \/>\nprimer nivel, sino incluso del propio Estado Mexicano cuando en su<br \/>\nsistema de leyes y reglamentos no previ\u00f3 la necesidad imperiosa de<br \/>\nreglamentar los operativos policiales.<br \/>\nLos Cr\u00edmenes de Lesa Humanidad y dem\u00e1s violaciones de derechos humanos<br \/>\ncometidos el tres de octubre pasados, en la comunidad de Miguel<br \/>\nHidalgo, del municipio de La Trinitaria no deben quedar impunes y su<br \/>\nesclarecimiento deben ser con toda la transparencia que permita la<br \/>\ncontralor\u00eda ciudadana, de lo contrario se estar\u00e1 confirmando la<br \/>\nausencia de gobernabilidad y democracia.<br \/>\nEs por eso, que por SEGUNDA OCASI\u00d3N y con fundamento en los art\u00edculos<br \/>\n2, 3 y 9 de la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre el Derecho y<br \/>\nel Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover<br \/>\ny Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales<br \/>\nUniversalmente Reconocidos, en relaci\u00f3n al contenido del art\u00edculo 133<br \/>\nde la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, de la<br \/>\njurisprudencia; as\u00ed como en los art\u00edculos 8 y 20 inciso C,<br \/>\nconstitucional, atentamente le solicitamos, gire sus instrucciones a<br \/>\ntodas las dependencias competentes bajo su cargo, a fin de que<br \/>\nfaciliten nuestra labor de documentaci\u00f3n, y en ese tenor, en est\u00e1<br \/>\nocasi\u00f3n le solicitamos que a la brevedad posible se nos proporcione,<br \/>\nadem\u00e1s de la informaci\u00f3n mencionada en el cuerpo del presente escrito,<br \/>\nlo siguiente:<br \/>\nPrimero. Copias certificadas de la averiguaci\u00f3n previa y\/o expediente<br \/>\npenal, que se instruye en contra de los probables responsables de las<br \/>\nprivaciones arbitrarias de la vida y de las lesiones perpetradas el<br \/>\npasado 3 de octubre, en agravio de pobladores de Miguel Hidalgo,<br \/>\nmunicipio de La Trinitaria.<br \/>\nSegundo. Informaci\u00f3n sobre la existencia, de manuales y\/o protocolos<br \/>\npara la implementaci\u00f3n de operativos polic\u00edacos, y en caso de su<br \/>\nexistencia, se nos remita copias certificadas de los mismos.<br \/>\nTercero. Copia de los expedientes cl\u00ednicos de los pobladores de la<br \/>\ncomunidad Miguel Hidalgo, que resultaron lesionados en el suceso del 3<br \/>\nde octubre pasado.<br \/>\nCuarto. Copia de las minutas de trabajo y\/o acuerdos, tomados por el<br \/>\ngobierno del estado con la comunidad y\/o autoridades de la comunidad<br \/>\nde Miguel Hidalgo, municipio de La Trinitaria, relativos a la atenci\u00f3n<br \/>\nde los agravios ocasionados durante el operativo.<br \/>\nQuinto. El libre acceso a los centros de detenci\u00f3n en los que se<br \/>\nencuentren los polic\u00edas detenidos como probables responsables de los<br \/>\nil\u00edcitos cometidos en el operativo del 3 de octubre en el poblado de<br \/>\nMiguel Hidalgo, La Trinitaria, para efectos de tomar sus testimonios,<br \/>\npara lo cual tambi\u00e9n se nos permita introducir c\u00e1mara de video y de<br \/>\naudio.<br \/>\nQuedamos en espera de su pronta respuesta.<\/p>\n<p>Atentamente<br \/>\nDiego Cadenas Gordillo<br \/>\nDirector<br \/>\nSin derechos humanos no hay democracia<br \/>\nProtestar es un derecho, reprimir es un delito<br \/>\nCentro de Derechos Humanos Fray Bartolom\u00e9 de Las Casas, A.C.<br \/>\nC.c.p. Samuel RU\u00cdZ GARC\u00cdA, Presidente del Centro de Derechos Humanos<br \/>\nFray Bartolom\u00e9 de Las Casas, AC, para su conocimiento.<br \/>\nC.c.p. Santiago CANT\u00d3N. Secretario Ejecutivo de la Comisi\u00f3n<br \/>\nInteramericana de Derechos Humanos. Para conocimiento e intervenci\u00f3n.<br \/>\nC.c.p. Rupert KNOX. Amnist\u00eda Internacional. Para conocimiento e intervenci\u00f3n.<br \/>\nC.c.p. Eric SOTTAS. Organizaci\u00f3n Mundial Contra la Tortura. Para su<br \/>\nconocimiento en intervenci\u00f3n.<br \/>\nC.c.p. Liliana VALI\u00d1A. Oficina en M\u00e9xico del Alto Comisionado de las<br \/>\nNaciones Unidas para los Derechos Humanos. Para su conocimiento e<br \/>\nintervenci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Estimadas y Estimados: a continuaci\u00f3n les enviamos un recordatorio p\u00fablico al Gobierno del Estado de Chiapas, en relaci\u00f3n a los hechos ocurridos en la comunidad de Miguel Hidalgo (caso Chincultic), municipio de La Trinitaria. Por favor de difundirlo. 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