{"id":3473,"date":"2009-01-16T20:34:33","date_gmt":"2009-01-17T01:34:33","guid":{"rendered":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=3473"},"modified":"2009-01-16T20:34:33","modified_gmt":"2009-01-17T01:34:33","slug":"derechos-humanos-frayba-informa-48","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=3473","title":{"rendered":"Derechos Humanos FRAYBA informa:"},"content":{"rendered":"<pre>Estimadas compa\u00f1eras, compa\u00f1eros:\r\n\r\nPor este medio hacemos llegar nuestro Bolet\u00edn de Prensa No. 1, en  \r\nrelaci\u00f3n a las pr\u00e1cticas constantes de violaci\u00f3n al debido proceso  \r\nlegal que realizan los funcionarios del gobierno del estado encargados  \r\nde la procuraci\u00f3n y administraci\u00f3n de justicia. Hacemos p\u00fablico el  \r\ncaso de Vicente L\u00f3pez P\u00e9rez ind\u00edgena Tseltal originario de la  \r\nrancher\u00eda Mucaquil del Ejido San Sebasti\u00e1n Bachaj\u00f3n, adherente a la  \r\nOtra Campa\u00f1a del E.Z.LN., quien se encuentra privado de su libertad de  \r\nmanera arbitraria desde abril de 2006. Fue detenido de forma ilegal  \r\npor elementos de la Polic\u00eda Estatal de Caminos, arranc\u00e1ndole una  \r\ndeclaraci\u00f3n autoinculpatoria a trav\u00e9s de tortura.\r\n\r\nHemos presentado el d\u00eda 15 de enero, un recurso de amparo a su favor  \r\nse\u00f1alando todas las irregularidades del procedimiento penal bajo el  \r\ncual fue sujeto y por el cual, se encuentra recluido hasta la fecha en  \r\nel CERSS de Playas de Catazaj\u00e1 compurgando una pena de prisi\u00f3n de 5  \r\na\u00f1os, 3 meses y 11 d\u00edas.\r\n\r\nComo anexo al Bolet\u00edn, encontrar\u00e1n la denuncia p\u00fablica realizada por  \r\nVicente L\u00f3pez P\u00e9rez dirigido a la sociedad civil nacional e  \r\ninternacional, en solicitud de la solidaridad.\r\n\r\nUn fraternal saludo.\r\n***\r\nSan Crist\u00f3bal de Las Casas, Chiapas, M\u00e9xico\r\n  a 16 de Enero de 2009\r\nBolet\u00edn de Prensa No. 01\r\n\r\nViolaciones al debido proceso pr\u00e1ctica reiterada en Chiapas\r\n\r\n?\tDeclaraci\u00f3n ministerial obtenida mediante tortura se le otorga valor  \r\nprobatorio pleno.\r\n\r\nEl pasado 15 de enero, este Centro de Derechos Humanos interpuso  \r\namparo directo a favor de Vicente L\u00f3pez P\u00e9rez, campesino tseltal,  \r\noriginario de la rancher\u00eda Mucaquil del Ejido San Sebasti\u00e1n Bachaj\u00f3n,  \r\nmunicipio de Chil\u00f3n, adherente a la Otra Campa\u00f1a, quien se encuentra  \r\nprivado arbitrariamente de su libertad, desde abril de 2006, en el  \r\nCentro Estatal para Reinserci\u00f3n Social de Sentenciados No. 17 (CERSS  \r\nNo 17), en Catazaj\u00e1, Chiapas\r\n\r\nEl 26 de abril de 2006, Vicente fue detenido ilegalmente por Eduardo  \r\nCruz V\u00e1zquez y Omar Hern\u00e1ndez P\u00e9rez, elementos de la Polic\u00eda Estatal  \r\nde Caminos (PEC), destacamentados en la Comandancia Operativa del  \r\nSector IX Agua Azul en Palenque y sometido a tortura, tratos crueles  \r\ninhumanos y degradantes, durante el tiempo que estuvo bajo su custodia.\r\n\r\nFue puesto a disposici\u00f3n del Lic. Oscar Mart\u00edn Hern\u00e1ndez Urbina  \r\nMinisterio P\u00fablico en Palenque, como probable responsable de asalto y  \r\nrobo a un autob\u00fas de la empresa Crist\u00f3bal Col\u00f3n (OCC), suscitado el  \r\nd\u00eda 23 de abril de 2006 en el kil\u00f3metro 101 de la carretera  \r\nOcosingo-Palenque. Ante la autoridad ministerial, fue forzado a firmar  \r\nuna declaraci\u00f3n autoinculpatoria, sin la asistencia de un traductor en  \r\nsu lengua materna y de una defensa adecuada que conociera su lengua y  \r\ncultura.\r\n\r\nA pesar de las irregularidades en el proceso penal y aunado, a que  \r\nVicente en su declaraci\u00f3n ante el Juez en Catazaj\u00e1 manifest\u00f3 haber  \r\nsido v\u00edctima de actos de tortura, en todas las instancias judiciales  \r\nse consideraron como argumentos ?defensivos?, d\u00e1ndole prioridad al  \r\nprincipio de inmediatez, el cual implica que la primera declaraci\u00f3n  \r\nprevalece sobre las posteriores. Y sin que se llevara a cabo una  \r\ninvestigaci\u00f3n sobre la tortura, tal y como lo establece el art\u00edculo 8  \r\nde la Convenci\u00f3n Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.\r\n\r\nEste Centro de Derechos Humanos, ha denunciado reiteradamente que en  \r\nM\u00e9xico y en especial en Chiapas, las personas pertenecientes a los  \r\npueblos ind\u00edgenas, son especialmente vulnerables a los abusos de las  \r\nautoridades de procuraci\u00f3n y administraci\u00f3n de justicia. En este  \r\nsentido, el Relator Especial de la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas  \r\nSobre la Situaci\u00f3n de los Derechos Humanos y las Libertades  \r\nFundamentales de los Pueblos Ind\u00edgenas, en su informe al Estado  \r\nMexicano se\u00f1al\u00f3 que: ?Muchos ind\u00edgenas indiciados se encuentran  \r\ndesamparados ante los agentes del ministerio p\u00fablico o el juez por no  \r\nhablar o entender el castellano y no contar con un int\u00e9rprete en su  \r\nlengua, a pesar de que la ley establece este derecho?.\r\n\r\nAntecedentes\r\nRecordamos que la Polic\u00eda Estatal de Caminos no es la primera vez que  \r\nse encuentra involucrada en este tipo de actos. En febrero de 2008,  \r\nEliseo Silvano Jim\u00e9nez y Eliseo Silvano Espinosa, Bases de Apoyo del  \r\nE.Z.LN, fueron detenidos y torturados por agentes de dicha  \r\ncorporaci\u00f3n. Obteniendo su libertad, luego de que este Centro, la  \r\nComisi\u00f3n Civil Internacional de Observaci\u00f3n por los Derechos Humanos  \r\n(CCIODH), el Centro de An\u00e1lisis Pol\u00edtico e Investigaciones Sociales y  \r\nEcon\u00f3micas A.C (CAPISE) y distintos medios de comunicaci\u00f3n, dieron a  \r\nconocer p\u00fablicamente las violaciones a derechos humanos perpetradas en  \r\ncontra de los ind\u00edgenas tseltales.\r\n\r\nEl 6 de febrero de 2008, el Juez de Primera Instancia del Ramo Penal  \r\ndel Distrito Judicial de Catazaj\u00e1, impus\u00f3 a Vicente L\u00f3pez P\u00e9rez  una  \r\npena de prisi\u00f3n de 5 a\u00f1os, 3 meses y 11 d\u00edas, adem\u00e1s de una multa de  \r\n51 d\u00edas de salario m\u00ednimo.\r\n\r\nPosteriormente, el 30 de abril de 2008 la Sala Colegiada Mixta en  \r\nPichucalco, Chiapas confirm\u00f3 la sentencia condenatoria del Juez de  \r\nCatazaj\u00e1.<\/pre>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Estimadas compa\u00f1eras, compa\u00f1eros: Por este medio hacemos llegar nuestro Bolet\u00edn de Prensa No. 1, en relaci\u00f3n a las pr\u00e1cticas constantes de violaci\u00f3n al debido proceso legal que realizan los funcionarios del gobierno del estado encargados de la procuraci\u00f3n y administraci\u00f3n de justicia. 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