{"id":22734,"date":"2021-07-09T08:01:34","date_gmt":"2021-07-09T14:01:34","guid":{"rendered":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=22734"},"modified":"2021-07-09T08:01:34","modified_gmt":"2021-07-09T14:01:34","slug":"una-carta-al-director-general-antropologo-diego-prieto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=22734","title":{"rendered":"una carta al director general, antrop\u00f3logo Diego Prieto"},"content":{"rendered":"<div class=\"cabeza\">El INAH en su laberinto<\/div>\n<div class=\"sumarios\"><\/div>\n<div class=\"credito-articulo\">Gilberto L\u00f3pez y Rivas<\/div>\n<div><\/div>\n<div id=\"article-text\" class=\"text\">\n<div class=\"col col1\">\n<div class=\"inicial\">El 11 de junio de\u00a0este a\u00f1o, la asamblea general del Sindicato de Acad\u00e9micos del Instituto Nacional de Antropolog\u00eda e Historia (INAH) envi\u00f3 una carta al director general, antrop\u00f3logo Diego Prieto, en la que rechazaba el Reglamento de la Ley Org\u00e1nica que public\u00f3 el\u00a0<em>Diario Oficial de la Federaci\u00f3n<\/em>\u00a0el 24 de mayo pasado, ya que se consider\u00f3 que los trabajadores de la instituci\u00f3n no hab\u00edan sido consultados para su elaboraci\u00f3n, y, en consecuencia, nace con el vicio de origen de una imposici\u00f3n de la autoridad que lo permea y determina.<\/div>\n<div><\/div>\n<div class=\"inicial\">La carta terminaba conminando al titular de la instituci\u00f3n a convocar a la participaci\u00f3n activa, a fin de generar un nuevo reglamento que fuese verdaderamente\u00a0<q>un ejemplo a seguir<\/q>. La carta, era de suponerse, no recibi\u00f3 respuesta alguna.<\/div>\n<p>As\u00ed, el reglamento se gener\u00f3 en la opacidad, a partir de la designaci\u00f3n discrecional de una junta de notables nombrados por funcionarios, sin representatividad, seleccionados con criterios nunca conocidos, y al margen de cualquier voluntad de di\u00e1logo o principio democr\u00e1tico. Igualmente, el reglamento constituye un instrumento involutivo porque asegura el sometimiento a la decisi\u00f3n unipersonal del director general de instancias como el Consejo General Consultivo y los consejos de \u00e1reas. En su composici\u00f3n y alcance, estos consejos no tienen peso real en la toma de decisiones, ya que su car\u00e1cter colegiado es una ficci\u00f3n, pues violenta el principio deliberativo necesario para generar decisiones conjuntas en las condiciones de equidad que caracterizan a los grupos colegiados.<\/p>\n<p>Los consejos tienen un papel acotado, ya que sus integrantes recomiendan, proponen y opinan, pero las decisiones corren a cargo exclusivamente del director general (art\u00edculo 51), adem\u00e1s de eludir cualquier menci\u00f3n a instancias de participaci\u00f3n en los centros regionales de la ya octogenaria instituci\u00f3n, que no puede quedar al arbitrio decisorio de un solo individuo. Los diversos candados para evitar el ejercicio de un cuerpo colegiado impiden que el reglamento sea un instrumento para defender y garantizar el cometido del INAH y s\u00ed para dar continuidad a su vulneraci\u00f3n, ya de sobra evidente en la actualidad. Las afectaciones son tan diversas como contundentes, que cabe mencionar sin \u00e1nimo de exhaustividad: a) el recorte del presupuesto para una instituci\u00f3n nacional, que recibe una suma equiparable a la asignada a un solo proyecto en la Ciudad de M\u00e9xico, el destinado a Chapultepec, y carente de fundamentaci\u00f3n que lo justifique; b) su marco legal insuficiente; c) su creciente opacidad e inoperancia administrativa; d) la precariedad contractual de trabajadores eventuales; e) el impago a investigadores que cambiaron de categor\u00eda en las evaluaciones apegadas a la normativa vigente; f) la suspensi\u00f3n de concursos de oposici\u00f3n por plazas vacantes; g) la cada m\u00e1s endeble o ausente vinculaci\u00f3n institucional con las comunidades que resisten el proceso de recolonizaci\u00f3n de sus territorios y la creciente acumulaci\u00f3n por desposesi\u00f3n; h) las decisiones discrecionales de sus funcionarios con fines pol\u00edticos; i) la creciente permisividad con los megaproyectos; j) el abandono de la responsabilidad inherente de peritajes antropol\u00f3gicos objetivos e imparciales; k) el virtual abandono presupuestal de las escuelas del INAH; l) el rechazo a cualquier di\u00e1logo serio con los trabajadores acad\u00e9micos y no acad\u00e9micos; m) la carencia de una pol\u00edtica de investigaci\u00f3n definida en funci\u00f3n del inter\u00e9s nacional, sus pueblos y culturas; n) la insuficiencia de plazas de investigaci\u00f3n que respondan a los retos de la din\u00e1mica actual del pa\u00eds, lo que impide un recambio generacional al que contribuyen las condiciones de retiro insatisfactorias; \u00f1) la perspectiva limitada y burocr\u00e1tica de difusi\u00f3n y divulgaci\u00f3n; o) las afectaciones documentadas al patrimonio arqueol\u00f3gico e hist\u00f3rico. En s\u00edntesis, y de manera significativa, resulta patente la continuidad con las pol\u00edticas progresivas de precariedad agudizadas en los sexenios previos, simple expresi\u00f3n del hecho de que persiste el mismo equipo directivo de funcionarios que oper\u00f3 en el gobierno de Pe\u00f1a Nieto.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"col col2\">\n<p>Y ha sido a su vez la Consejer\u00eda Jur\u00eddica del Poder Ejecutivo actual la que ha dado el toque final al car\u00e1cter antidemocr\u00e1tico del reglamento. De no menor relevancia es que este instrumento prefigura, en su texto y en las ausencias que denota, la conformaci\u00f3n de un organismo a modo que abandona el alcance territorial y social de su cometido central de investigaci\u00f3n, conservaci\u00f3n y difusi\u00f3n del patrimonio cultural de la naci\u00f3n, pues esa encomienda determinante, que hizo por a\u00f1os del INAH un ordenador del territorio, constituye hoy un obst\u00e1culo para la instauraci\u00f3n de megaproyectos extractivistas, cuyas diversas afectaciones han sido ya ampliamente documentadas y denunciadas.<\/p>\n<p>As\u00ed, resulta imperativa una democratizaci\u00f3n profunda del INAH, con la participaci\u00f3n real de sus trabajadores en el rescate y la dignificaci\u00f3n de esta instituci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"email\">\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"go gui\">\n<div class=\"go-up\"><a href=\"https:\/\/www.jornada.com.mx\/2021\/07\/09\/opinion\/016a2pol#texto\">Subir al inicio del texto<\/a><\/div>\n<\/div>\n<div id=\"comentarios\"><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El INAH en su laberinto Gilberto L\u00f3pez y Rivas El 11 de junio de\u00a0este a\u00f1o, la asamblea general del Sindicato de Acad\u00e9micos del Instituto Nacional de Antropolog\u00eda e Historia (INAH) envi\u00f3 una carta al director general, antrop\u00f3logo Diego Prieto, en la que rechazaba el Reglamento de la Ley Org\u00e1nica que public\u00f3 el\u00a0Diario Oficial de la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":249,"featured_media":22735,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[26],"tags":[],"class_list":["post-22734","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-mundo"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/22734","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/249"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=22734"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/22734\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":22736,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/22734\/revisions\/22736"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/22735"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=22734"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=22734"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=22734"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}