{"id":25123,"date":"2021-11-26T09:52:49","date_gmt":"2021-11-26T15:52:49","guid":{"rendered":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=25123"},"modified":"2021-11-26T09:52:49","modified_gmt":"2021-11-26T15:52:49","slug":"la-unam-en-1945-nueva-ley-organica-recupera-el-atributo-nacional-y-otro-regimen","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=25123","title":{"rendered":"La UNAM en 1945, nueva Ley Org\u00e1nica, recupera el atributo nacional y otro r\u00e9gimen"},"content":{"rendered":"<div id=\"article-cont\" class=\"main-cont article-cont analysis\">\n<div class=\"cabeza\">La UNAM en 1945: construir institucionalidad<\/div>\n<div class=\"sumarios\"><\/div>\n<div class=\"credito-articulo\">Hugo Casanova Cardiel*<\/div>\n<div><\/div>\n<div id=\"article-text\" class=\"text\">\n<div class=\"col col1\">\n<div class=\"inicial\">Tras perder su condici\u00f3n nacional en 1933, la Universidad Aut\u00f3noma pas\u00f3 por una etapa de gran inestabilidad, la cual se extender\u00eda por m\u00e1s de una d\u00e9cada. Al inicio de 1945 la publicaci\u00f3n de una nueva Ley Org\u00e1nica abrir\u00eda una etapa que, en t\u00e9rminos normativos, recuperar\u00eda el atributo nacional de la instituci\u00f3n e introducir\u00eda otro r\u00e9gimen de gobierno que lograr\u00eda consolidarse y extenderse hasta el presente.<\/div>\n<p>\u00bfCu\u00e1l es la vigencia de la Ley Org\u00e1nica que rige a la Universidad Nacional desde 1945? \u00bfCu\u00e1les son sus virtudes? \u00bfPor qu\u00e9 se le critica? Aunque dif\u00edcilmente podr\u00edan atenderse todos los \u00e1ngulos de estas interrogantes en unas cuantas l\u00edneas, s\u00ed es posible referir algunos rasgos relativos a su estructura y a su presencia a lo largo de m\u00e1s de siete d\u00e9cadas.<\/p>\n<p>La d\u00e9cada de los 30 fue de grandes sobresaltos para la instituci\u00f3n. Baste se\u00f1alar, en t\u00e9rminos del gobierno universitario, el paso de seis rectores en apenas 11 a\u00f1os: Manuel G\u00f3mez Mor\u00edn, Fernando Ocaranza, Luis Chico Goerne, Gustavo Baz, Mario de la Cueva y Rodulfo Brito. Aunado a lo anterior, debe considerarse su precariedad financiera y la gran distancia institucional que se abr\u00eda frente al gobierno del presidente C\u00e1rdenas. No obstante, la llegada a la Presidencia de \u00c1vila Camacho y su pol\u00edtica de unidad nacional, as\u00ed como el cambio de ruta en la educaci\u00f3n socialista, traer\u00e1n nuevos aires a la educaci\u00f3n superior y sentar\u00eda las bases para la construcci\u00f3n de una nueva institucionalidad marcada por una ley org\u00e1nica acorde a su tiempo.<\/p>\n<p>La exposici\u00f3n de motivos del proyecto de ley presentado por el rector Alfonso Caso alud\u00eda a tres principios que guiar\u00edan la reforma legislativa: 1) la definici\u00f3n de la instituci\u00f3n como una corporaci\u00f3n p\u00fablica, con plena capacidad jur\u00eddica, que revindicaba su condici\u00f3n nacional y aut\u00f3noma para impartir la educaci\u00f3n superior, organizar la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y extender los beneficios de la cultura; 2) asimismo, buscando tomar distancia de las cuestiones pol\u00edticas, planteaba que se trataba de una instituci\u00f3n que deb\u00eda privilegiar los temas acad\u00e9micos \u2013denominados en la ley como aspectos t\u00e9cnicos\u2013 y subrayando los principios de libertad de c\u00e1tedra, investigaci\u00f3n y autonom\u00eda; 3) finalmente, defin\u00eda a la instituci\u00f3n como una comunidad de cultura, de manera que pudiera beneficiar a todos los universitarios bajo una base no antag\u00f3nica. (\u00a0<em>Anteproyecto de Ley Org\u00e1nica de la Universidad Nacional Aut\u00f3noma de M\u00e9xico<\/em>, Imprenta Universitaria, 1944).<\/p>\n<p>En la propuesta de Caso se discut\u00eda con preocupaci\u00f3n el car\u00e1cter de las autoridades y se divid\u00edan dos modalidades: unas llamadas t\u00e9cnicas y legislativas y otras ejecutivas. Ello implicar\u00eda la creaci\u00f3n de la Junta de Gobierno, del Consejo Universitario, de una Comisi\u00f3n de Patronato, as\u00ed como de las figuras del rector y de los directores de facultades, escuelas e institutos. La nueva ley, ahora lo sabemos, marcar\u00eda los cauces de una institucionalidad que se prolongar\u00eda por las siguientes d\u00e9cadas.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"col col2\">\n<p>As\u00ed, en el\u00a0<em>Diario Oficial de la Federaci\u00f3n<\/em>, del 6\/1\/1945, quedaba aprobada, en 18 art\u00edculos de texto y ocho art\u00edculos transitorios, una ley que basada en los principios planteados por Caso \u2013de manera espec\u00edfica en los tres temas arriba enunciados\u2013, alud\u00eda a las libertades universitarias: para organizarse, para desarrollar la ense\u00f1anza y la investigaci\u00f3n, para establecer sus programas, as\u00ed como para expedir certificados y validar los estudios. El nuevo ordenamiento legal de la Universidad Nacional precisaba, como ya se ha dicho, la composici\u00f3n y atribuciones de sus autoridades, as\u00ed como otros temas relativos a su patrimonio. A su vez, el apartado de transitorios marcaba aspectos relativos a la puesta en marcha de la nueva normativa.<\/p>\n<p>Sin embargo, el tema central de la nueva ley org\u00e1nica fue establecer un marco para ejercer la autonom\u00eda universitaria y, por tanto, para definir el sustento normativo de la relaci\u00f3n universidad-Estado. Ello queda de manifiesto en el manejo de los aspectos centrales tratados en la ley: organizaci\u00f3n acad\u00e9mica, gobierno y administraci\u00f3n de su patrimonio.<\/p>\n<p>La ley ha enfrentado cuestionamientos. Por un lado, se le refiere como una ley que otorga preeminencia a las figuras unipersonales sobre los \u00f3rganos colegiados; se se\u00f1ala tambi\u00e9n que, al dividir lo t\u00e9cnico de lo pol\u00edtico, separa lo que en realidad opera en conjunci\u00f3n; y se cuestionan la composici\u00f3n y atribuciones de la Junta de Gobierno.<\/p>\n<p>Desde otras posiciones se alude, en cambio, a la estabilidad institucional que ha prevalecido durante la vigencia de la ley. Si bien la historia reciente de la UNAM no obedece a un patr\u00f3n lineal y en siete d\u00e9cadas caben m\u00faltiples adversidades \u2013destacadamente en 1968\u2013 lo cierto es que, vistas en perspectiva, las relaciones entre la Universidad y el Estado han tendido a verificarse bajo una razonable dosis de respeto y los sucesivos gobiernos han atendido su compromiso en t\u00e9rminos de autonom\u00eda y financiamiento.<\/p>\n<p>A su interior, y aunque la Universidad Nacional ha contendido con una problem\u00e1tica creciente debido a sus dimensiones y complejidad, la presencia de 15 rectores durante 76 a\u00f1os constituye una prueba contundente de su operatividad. En s\u00edntesis, si bien resultar\u00eda aventurado sostener que la ley molde\u00f3 a la Universidad Nacional, s\u00ed, en contraste, es posible afirmar que su acompa\u00f1amiento ha resultado altamente pertinente y que ha sido una importante base para el cumplimiento de las responsabilidades institucionales ante la sociedad mexicana.<\/p>\n<p>*\u00a0<em>Investigador de la UNAM<\/em><\/p>\n<p class=\"email\">\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"go gui\">\n<div class=\"go-up\"><\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<div id=\"taboola-below-content-thumbnails\" class=\" trc_related_container trc_spotlight_widget tbl-feed-container tbl-feed-frame-DIVIDER  render-late-effect\" data-feed-container-num=\"1\" data-feed-main-container-id=\"taboola-below-content-thumbnails\" data-parent-placement-name=\"Below Content Thumbnails\" data-pub-lang=\"es\">\n<div class=\" tbl-feed-header tbl-logo-right-position\">\n<div class=\"tbl-feed-header-logo\"><\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La UNAM en 1945: construir institucionalidad Hugo Casanova Cardiel* Tras perder su condici\u00f3n nacional en 1933, la Universidad Aut\u00f3noma pas\u00f3 por una etapa de gran inestabilidad, la cual se extender\u00eda por m\u00e1s de una d\u00e9cada. 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