{"id":26638,"date":"2022-03-08T09:53:27","date_gmt":"2022-03-08T15:53:27","guid":{"rendered":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=26638"},"modified":"2022-03-08T09:53:27","modified_gmt":"2022-03-08T15:53:27","slug":"una-democracia-sin-la-participacion-de-las-mujeres-era-solo-media-democracia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=26638","title":{"rendered":"Una democracia sin la participaci\u00f3n de las mujeres era s\u00f3lo media democracia."},"content":{"rendered":"<div class=\"cabeza\">En el D\u00eda Internacional de la Mujer<\/div>\n<div class=\"sumarios\"><\/div>\n<div class=\"credito-articulo\">Santiago Nieto Castillo<\/div>\n<div><\/div>\n<div id=\"article-text\" class=\"text tbl-forkorts-article\">\n<div class=\"col\">\n<div class=\"inicial\">Miguel Insulza, ex\u00a0secretario general de la Organizaci\u00f3n de Estados Americanos (OEA), dijo alguna vez, con mucha raz\u00f3n, que una democracia sin la participaci\u00f3n de las mujeres era s\u00f3lo media democracia. El argumento me parece convincente y concluyente: la democracia no s\u00f3lo implica la participaci\u00f3n ciudadana en las urnas.<\/div>\n<p>Ser\u00eda tanto como reducir los valores democr\u00e1ticos y la protecci\u00f3n de los derechos humanos de las personas, a lo estrictamente electoral. Implica perfeccionar el sistema de garant\u00edas para que la participaci\u00f3n de todos los grupos represente de mejor forma a la sociedad y permita su evoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>En ese sentido, uno de los grupos sociales que debe superar los rezagos hist\u00f3ricos y alcanzar mayores porcentajes de presencia p\u00fablica es precisamente el de las mujeres, quienes son una minor\u00eda, no desde la \u00f3ptica cuantitativa, pues son mayor\u00eda poblacional en el pa\u00eds, sino desde la visi\u00f3n cualitativa, ya que esa superioridad num\u00e9rica no se traduce plenamente en espacios de poder por la exclusi\u00f3n cultural e hist\u00f3rica a la que han estado sometidas por siglos.<\/p>\n<p>Sin embargo, de manera reciente, con voluntad pol\u00edtica, nuestro modelo constitucional ha avanzado hacia la materializaci\u00f3n de los derechos fundamentales de la poblaci\u00f3n femenina, especialmente en el ejercicio de sus derechos pol\u00edtico-electorales.<\/p>\n<p>El antecedente lo tenemos en la incorporaci\u00f3n del principio de paridad en el registro de candidaturas con la reforma constitucional de 2014<\/p>\n<p>Pero es en 2019 que la osad\u00eda de la denominada\u00a0<em>legislatura paritaria de la historia de M\u00e9xico\u00a0<\/em>fue m\u00e1s all\u00e1, al aprobar reformas a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica para incorporar la paridad en todo, estableciendo que la mitad de los cargos de decisi\u00f3n sean para las mujeres en los tres poderes del Estado, en los tres \u00f3rdenes de gobierno, en los organismos aut\u00f3nomos, en las candidaturas de los partidos pol\u00edticos a cargos de elecci\u00f3n popular, as\u00ed como en la elecci\u00f3n de representantes en los municipios con poblaci\u00f3n ind\u00edgena.<\/p>\n<p>El resultado inmediato fue que, de cara al proceso electoral federal de 2020-2021, de las 15 gubernaturas que se renovaron, seis mujeres ocuparon el cargo, y, actualmente, contamos con siete gobernadoras en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<p>Con acciones como las anteriores que aterrizan en la realidad de millones de mujeres para la protecci\u00f3n de sus derechos pol\u00edtico-electorales, M\u00e9xico est\u00e1 dando muestras claras para transitar de un modelo formalista y conservador que se abandera en una\u00a0<q>igualdad ficticia<\/q>.<\/p>\n<p>Es decir, siguiendo a Luigi Ferrajoli, para este modelo, los hombres y mujeres somos iguales ante la ley y no existe discriminaci\u00f3n en el plano jur\u00eddico, toda vez que se considera que las mujeres tienen los mismos derechos que los hombres.<\/p>\n<p>Es este modelo el que todav\u00eda predomina en el constitucionalismo mexicano, pues un cuarto modelo se refiere, en cambio, a la valoraci\u00f3n jur\u00eddica de las diferencias que, en mi opini\u00f3n, se basan en el principio de igualdad de derechos fundamentales y en un sistema de garant\u00edas que vele por su efectivo cumplimiento.<\/p>\n<p>Bajo esta premisa, no se desconocen las diferencias, como a\u00fan predomina en la pr\u00e1ctica del derecho en nuestro pa\u00eds, sino que se reconocen y valoran.<\/p>\n<p>Se reconoce, la diferencia entre hombres y mujeres y, por tanto, la necesidad de proteger esas particulares formas de ser, sin pretender una falsa homologaci\u00f3n entre las mismas.<\/p>\n<p>Y m\u00e1s importante a\u00fan, que las diferencias se traduzcan en derechos que tiendan a transformar de hecho en una igualdad de derechos.<\/p>\n<p>Por tal motivo, s\u00f3lo existir\u00e1 una igualdad real y no s\u00f3lo ficticia o\u00a0<q>abstracta<\/q>, en la medida en que se reconozcan todos los derechos para todas y que los grupos minoritarios cuenten con los medios garantistas efectivos para terminar con a\u00f1os de discriminaci\u00f3n y violencia.<\/p>\n<p>Todav\u00eda nos falta mucho camino por recorrer, pero es importante saber en d\u00f3nde estamos parados y hacia d\u00f3nde queremos avanzar como sociedad mexicana.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el D\u00eda Internacional de la Mujer Santiago Nieto Castillo Miguel Insulza, ex\u00a0secretario general de la Organizaci\u00f3n de Estados Americanos (OEA), dijo alguna vez, con mucha raz\u00f3n, que una democracia sin la participaci\u00f3n de las mujeres era s\u00f3lo media democracia. 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