{"id":6015,"date":"2010-04-26T08:56:39","date_gmt":"2010-04-26T14:56:39","guid":{"rendered":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/2010\/04\/26\/como-tener-un-estado-laico-en-mexico\/"},"modified":"2010-04-26T08:56:39","modified_gmt":"2010-04-26T14:56:39","slug":"como-tener-un-estado-laico-en-mexico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=6015","title":{"rendered":"C\u00f3mo tener un Estado laico en M\u00e9xico"},"content":{"rendered":"<p>La reforma Ratzinger<\/p>\n<p>La Jornada<\/p>\n<p>Diego Valad\u00e9s<\/p>\n<p>El encono verbal se va convirtiendo en una forma de relaci\u00f3n cotidiana entre nosotros. Las consecuencias de esta tendencia se podr\u00e1n traducir en la imposibilidad de construir y de operar instituciones democr\u00e1ticas. La democracia es un conjunto de procedimientos para la deliberaci\u00f3n y el acuerdo, de manera que si estro-peamos el debate, cancelamos el consenso. Traigo a colaci\u00f3n lo anterior con motivo de la reforma constitucional acerca del Estado laico, que conforme m\u00e1s se discute m\u00e1s se aleja de los objetivos que la motivaron.<\/p>\n<p>Los mexicanos hemos tratado de consolidar una cultura de los derechos humanos. Mucho se avanz\u00f3 en los \u00faltimos a\u00f1os del siglo anterior, y en el primer decenio de este siglo se dieron nuevos pasos para abandonar los prejuicios que imped\u00edan la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo, la suspensi\u00f3n del ensa\u00f1amiento terap\u00e9utico y la discriminaci\u00f3n de los homosexuales. Pero en cuanto estas medidas fueron adoptadas en la ciudad de M\u00e9xico, se produjo una airada reacci\u00f3n de la Iglesia cat\u00f3lica.<\/p>\n<p>En un Estado constitucional todas las confesiones tienen derecho a expresar su desafecci\u00f3n por las decisiones que no los convencen. El problema no es \u00e9ste; la cuesti\u00f3n cr\u00edtica consiste en que el Estado mexicano ha ido dando car\u00e1cter oficial a los argumentos de la jerarqu\u00eda cat\u00f3lica, primero con relaci\u00f3n a la terminaci\u00f3n voluntaria del embarazo y la eutanasia pasiva, y m\u00e1s tarde adversa a los homosexuales. En contrapartida se ha generado un movimiento creciente a favor de la secularidad del Estado que de ninguna manera niega las libertades en materia religiosa. No se cuestiona el derecho de cada persona para profesar una creencia; lo que se impugna es que el Estado asuma los argumentos y las posiciones de una confesi\u00f3n.<\/p>\n<p>La primera fase de esa actitud se tradujo en la impugnaci\u00f3n de las reformas al C\u00f3digo Penal del Distrito Federal en materia de aborto. Todo habr\u00eda quedado resuelto si el gobierno se hubiera conformado con la resoluci\u00f3n de la Suprema Corte de Justicia que le neg\u00f3 la raz\u00f3n. Pero una vez m\u00e1s la jerarqu\u00eda eclesi\u00e1stica activ\u00f3 los resortes del poder y con la complicidad de dirigentes de todos los partidos impuso reformas constitucionales regresivas en 18 estados. En este contexto el Presidente de la Rep\u00fablica lleg\u00f3 al exceso de expresar que el agnosticismo y el ate\u00edsmo son factores crimin\u00f3genos.<\/p>\n<p>En tanto que el ordenamiento jur\u00eddico y el discurso pol\u00edtico del Estado mexicano tienden a adoptar un car\u00e1cter confesional, ha cobrado fuerza la idea de ampliar el laicismo republicano. Se hizo ostensible que si bien el art\u00edculo 24 constitucional establece la libertad religiosa y otros preceptos incluyen la laicidad en materias civil, educativa, electoral, laboral, patrimonial y registral, hab\u00eda un d\u00e9ficit muy sensible en cuanto al \u00e1mbito de salud. Esto facilit\u00f3 las reformas constitucionales locales para evitar la terminaci\u00f3n voluntaria del embarazo y para vedar toda posibilidad de dictar disposiciones anticipadas de voluntad en cuanto a la vida propia (eutanasia pasiva).<\/p>\n<p>Uno de los objetivos de ampliar el concepto de laicidad en la Constituci\u00f3n consist\u00eda en ofrecer una base firme para declarar la inconstitucionalidad de las reformas confesionales introducidas en los estados y para conjurar otras acciones similares. Todo parec\u00eda bien encaminado, porque resultaba dif\u00edcil que las fuerzas pol\u00edticas eludieran un tema acorde con la evoluci\u00f3n del constitucionalismo. Pero se encontr\u00f3 una forma ingeniosa de enga\u00f1arnos. Se dijo que bastar\u00eda con introducir la palabra m\u00e1gica laico en el art\u00edculo 40 para que todo quedara resuelto. Los legisladores que decidieron en ese sentido debieron calcular que con semejante adici\u00f3n dar\u00edan la impresi\u00f3n de satisfacer una aspiraci\u00f3n hist\u00f3rica mientras que en realidad complac\u00edan al alto clero. Los pol\u00edticos deber\u00edan tener presentes las sabias palabras de Lincoln: se puede enga\u00f1ar a algunos todo el tiempo, se puede enga\u00f1ar a todos alg\u00fan tiempo, pero no se puede enga\u00f1ar a todos, todo el tiempo.<\/p>\n<p>Cada vez son m\u00e1s las personas que consideran que esa reforma no traer\u00e1 ventaja alguna. Pronto advertir\u00e1n que incluso ser\u00e1 desfavorable para el Estado secular en M\u00e9xico. El problema reside en la equivocidad de las palabras.<\/p>\n<p>En el caso de la laicidad hay tres formas de entenderla: como facultad del Estado para proscribir las pr\u00e1cticas religiosas; como obligaci\u00f3n del Estado de valorar y equilibrar las relaciones entre las iglesias, y como separaci\u00f3n estricta entre las iglesias y el poder pol\u00edtico. La primera forma ha sido identificada como un \u201claicismo de combate\u201d, que se nutre en las ideas de la Ilustraci\u00f3n y de la revoluci\u00f3n francesa y culmina con la expresi\u00f3n de Marx: \u201cla religi\u00f3n es el opio del pueblo\u201d. La segunda se conoce como \u201claicismo positivo\u201d y preconiza que la \u00fanica funci\u00f3n del Estado en materia de creencias y de convicciones consiste en \u201cgarantizar la paz entre los seguidores de las diferentes religiones\u201d (Benedicto XVI, Deus et caritas, 2005). La tercera forma de entender la laicidad consiste en la neutralidad del Estado ante el fen\u00f3meno religioso; \u00e9ste es un \u201claicismo republicano\u201d. En este \u00faltimo caso el Estado construye un orden normativo ajeno a las presiones confesionales.<\/p>\n<p>Si fuera modificado el art\u00edculo 40 constitucional para introducir el concepto de laicidad, manteniendo el 24 con su redacci\u00f3n actual, que s\u00f3lo garantiza la libertad de credos religiosos, pero no la libertad de convicciones \u00e9ticas y filos\u00f3ficas, el sistema constitucional mexicano estar\u00eda adoptando el principio de laicidad positiva postulado por la enc\u00edclica Deus et caritas. \u00c9ste ser\u00eda un significativo apoyo de los legisladores mexicanos para el se\u00f1or Ratzinger en un momento hist\u00f3rico de adversidad, derivado de los m\u00faltiples e impunes casos de pedofilia en el clero.<\/p>\n<p>Si se pensara en un laicismo republicano, se har\u00eda indispensable modificar el art\u00edculo 24 para que al lado de la libertad de cultos se garantizara la de convicciones personales. De no hacerse una reforma republicana, es preferible quedar como estamos. Estamos mal, pero con la reforma pendiente de aprobaci\u00f3n en el Senado podr\u00edamos estar peor porque consolidar\u00eda las reformas adversas al aborto, porque dar\u00eda argumentos para declarar la inconstitucionalidad del matrimonio entre personas del mismo sexo y porque har\u00eda constitucional una tesis papista. Esto, claro, s\u00f3lo para empezar.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La reforma Ratzinger La Jornada Diego Valad\u00e9s El encono verbal se va convirtiendo en una forma de relaci\u00f3n cotidiana entre nosotros. Las consecuencias de esta tendencia se podr\u00e1n traducir en la imposibilidad de construir y de operar instituciones democr\u00e1ticas. 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