{"id":6256,"date":"2010-08-07T07:56:38","date_gmt":"2010-08-07T13:56:38","guid":{"rendered":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/2010\/08\/07\/privar-de-la-ciudadania-nuevas-formas-de-sumision\/"},"modified":"2010-08-07T07:56:38","modified_gmt":"2010-08-07T13:56:38","slug":"privar-de-la-ciudadania-nuevas-formas-de-sumision","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/?p=6256","title":{"rendered":"Privar de la ciudadan\u00eda, nuevas formas de sumisi\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Derechos humanos y ciudadan\u00eda<\/p>\n<p>Miguel Concha<\/p>\n<p>La Jornada<\/p>\n<p>El martes, el diario Clar\u00edn de Buenos Aires public\u00f3 que la prensa francesa rechaz\u00f3 al un\u00edsono la pretensi\u00f3n del presidente Sarkozy de retirarle \u201cla nacionalidad a toda persona de origen extranjero que voluntariamente atente contra un polic\u00eda, un militar de la gendarmer\u00eda y todo depositario de la autoridad p\u00fablica\u201d, por supuestas razones de seguridad, con la intenci\u00f3n de asimilar con ella a cualquier migrante africano o \u00e1rabe de sus propias colonias.<\/p>\n<p>M\u00e1s cerca de nosotros, el s\u00e1bado La Jornada inform\u00f3 que en enero el senador Russell Pearce, autor de la ley SB 1070, propondr\u00e1 a la legislatura que los ni\u00f1os nacidos en Arizona no tengan autom\u00e1ticamente la ciudadan\u00eda estadunidense, si sus padres son indocumentados. Para fundamentar su iniciativa, sintom\u00e1ticamente arguye que ni siquiera los indios que habitaban aquellas tierras antes de que los blancos \u201cirrumpieran\u201d en ellas fueron ciudadanos estadunidenses, sino hasta que tal condici\u00f3n les fue conferida \u201cpor actos congregacionales en 1887 y 1901\u201d (p. 2).<\/p>\n<p>Y, coincidentemente, el jueves se dio la noticia de que el senador John McCain se sumaba a la propuesta de varios legisladores republicanos, para que el Congreso de Estados Unidos realice audiencias sobre una posible reforma a la Constituci\u00f3n, con el fin de privar de la ciudadan\u00eda a los ni\u00f1os nacidos en ese pa\u00eds hijos de indocumentados.<\/p>\n<p>Todo esto obliga a plantear la urgencia de volver a desenmascarar en estos tiempos de globalizaci\u00f3n inequitativa el uso faccioso de los derechos humanos, precisamente para violarlos. Lo que Franz Hinkelammert atinadamente denomina \u201cla inversi\u00f3n de los derechos humanos\u201d. Y en particular a revisar su identificaci\u00f3n cerrada con los llamados derechos ciudadanos y su relaci\u00f3n estrecha con los estados nacionales.<\/p>\n<p>Lo que Hanna Arendt advirti\u00f3 desde la proclamaci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos de la ONU en 1948, cuando reivindic\u00f3 \u201cel derecho a tener derechos\u201d de todas aquellas personas que se ven privadas forzadamente de su adscripci\u00f3n a alg\u00fan Estado, y por ello expropiadas de sus derechos humanos. O son consideradas superfluas por el imperialismo. Tal fue y es todav\u00eda el caso de los pueblos indios en muchas naciones, y desde luego en la nuestra, para no ir muy lejos, y es actualmente la situaci\u00f3n de millones de migrantes en muchos pa\u00edses de tr\u00e1nsito y destino, sobre todo hacia el norte. Por ello, como expresa \u00c9tienne Balibar en su art\u00edculo \u201cImpol\u00edtica de los derechos humanos: Arendt, el \u2018derecho a tener derechos\u2019 y la desobediencia c\u00edvica\u201d (Erytheis, 2 de noviembre de 2007), deber\u00edamos admitir, \u201ctal como lo ha hecho pr\u00e1cticamente toda la tradici\u00f3n jur\u00eddica y filos\u00f3fica moderna\u201d, que los \u201cderechos humanos\u201d est\u00e1n dotados de una extensi\u00f3n mucho m\u00e1s amplia que los derechos del \u201cciudadano\u201d, al ser l\u00f3gicamente independientes, posibilitando as\u00ed el reconocimiento de la dignidad de las personas que no pertenecen a una misma comunidad pol\u00edtica, sino \u201csolamente\u201d a la comunidad natural de los seres humanos.<\/p>\n<p>Para Arendt, en efecto, privar hoy de los derechos ciudadanos a las personas equivale a expulsarlas de la humanidad. Por ello convendr\u00eda \u2013a\u00f1ade Balibar\u2013 \u201corganizar internacionalmente su protecci\u00f3n en aquellos casos en que la solidaridad nacional ya no se aplica, y sobre todo en las situaciones de guerra, donde las comunidades nacionales entran en conflicto, excluy\u00e9ndose unas de otras\u201d. Esto implica, como explica el investigador Camilo P\u00e9rez Bustillo, en su art\u00edculo \u201cNing\u00fan ser humano es ilegal. El derecho a tener derechos. Migraci\u00f3n y derechos humanos\u201d, publicado en el libro Balance de los derechos humanos en el sexenio de Fox, editado en 2007 por la Universidad Aut\u00f3noma de la Ciudad de M\u00e9xico, \u201crepensar y restructurar algunos de los paradigmas dominantes del sistema internacional, como por ejemplo el papel de los estados-naci\u00f3n como sujetos privilegiados, interpelado tanto por el reconocimiento de los derechos a la libre determinaci\u00f3n y autonom\u00eda de los pueblos ind\u00edgenas, como por el reconocimiento del derecho a la libre movilidad humana, o a lo que otros definen como las fronteras \u2018abiertas\u2019 (\u2018open borders\u2019)\u201d.<\/p>\n<p>Para el propio Luigi Ferrajoli, te\u00f3rico clave del \u201cmodelo garantista de la democracia constitucional\u201d, desde sus or\u00edgenes en su visi\u00f3n del derecho penal, hasta sus expresiones m\u00e1s recientes en el marco del derecho internacional de los derechos humanos, tomar en serio \u00e9stos \u201csignifica hoy tener el valor de desvincularlos de la ciudadan\u00eda como pertenencia (a una comunidad estatal determinada) y de su car\u00e1cter estatal. Y desvincularlos de la ciudadan\u00eda significa reconocer el car\u00e1cter supraestatal en los dos sentidos de su doble garant\u00eda constitucional e internacional, y por tanto tutelarlos no s\u00f3lo dentro sino tambi\u00e9n fuera y frente a los estados, poniendo fin as\u00ed a ese gran apartheid que excluye de su disfrute a la gran mayor\u00eda del g\u00e9nero humano, contradiciendo su proclamado universalismo\u201d.<\/p>\n<p>\u201cSignifica, en concreto \u2013remata\u2013, transformar en derechos de la persona los dos \u00fanicos derechos que han quedado hasta hoy reservados a los ciudadanos: el derecho de residencia y el derecho de circulaci\u00f3n en nuestros privilegiados pa\u00edses\u201d (citado por Bonifacio de la Cuadra en su art\u00edculo \u201cCiudadanos del mundo\u201d, El Pa\u00eds, Madrid, 31 de julio de 2006).<\/p>\n<p>Frente al uso ideol\u00f3gico y las perversiones conceptuales cl\u00e1sicas de los estados nacionales, esta es en cambio la perspectiva cr\u00edtica que enarbolan los movimientos nacionales e internacionales de migrantes y derechos humanos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Derechos humanos y ciudadan\u00eda Miguel Concha La Jornada El martes, el diario Clar\u00edn de Buenos Aires public\u00f3 que la prensa francesa rechaz\u00f3 al un\u00edsono la pretensi\u00f3n del presidente Sarkozy de retirarle \u201cla nacionalidad a toda persona de origen extranjero que voluntariamente atente contra un polic\u00eda, un militar de la gendarmer\u00eda y todo depositario de la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":249,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[26],"tags":[],"class_list":["post-6256","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-mundo"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6256","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/249"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=6256"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6256\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=6256"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=6256"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/eloficiodehistoriar.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=6256"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}