Derechos Humanos de La Montaña informa:

Da juez federal

24 horas a la Secretaría de Salud

para que informe sobre el amparo

 

 

a favor de Mini Numa

·  Por no haber impugnación, el juzgado séptimo declaró ejecutoria su sentencia.

·  Quejosos advierten que acudirán a instancias internacionales si acata a cabalidad el amparo

·  La comunidad ha exigido su derecho a la salud desde el 2003.

Tlapa, Guerrero, México, a miércoles 13 de agosto de 2008.- El juez Séptimo de Distrito con sede en Chilpancingo, Luís Almazán Barrera, emplazó a la Secretaría de Salud y al gobierno del estado de Guerrero para que en 24 horas informen sobre los trámites que están realizando para dar cumplimiento al amparo que concedió el pasado 11 de julio a la comunidad na´savi (mixteca) de Mini Numa, que pertenece al municipio de Metlatónoc. 

Los indígenas que solicitaron la protección de la justicia federal el 9 de noviembre del año pasado, por la violación de su derecho a la salud, fueron notificados sobre este requerimiento ayer martes 12 agosto, informó la asesora jurídica del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Claudia Ordoñez Víquez. 

Dijo que a través del documento, el juez federal hace saber que feneció el plazo para que la Secretaría de Salud o el gobernador del estado solicitaran un recurso de revisión en contra del amparo que otorgó a Mini Numa y «por lo tanto la declaró ejecutoriada, requiriendo así al secretario de Salud y al gobernador estatal que en un término de 24 horas a partir de su notificación, remitieran al juzgado las constancias que acreditaran el cumplimiento de su fallo, o bien, informaran sobre los trámites que están realizando para tal efecto». 

Ordoñez Viquez adelantó que el comité de salud de Mini Numa acudirá a instancias internacionales en caso de que las autoridades de Guerrero insistieran en negar el derecho de acceso a la salud.

Agregó que los afectados y Tlachinollan consideran que el fallo del juez debe ser acatado conforme a los estándares más altos de protección al derecho a la salud a nivel nacional e internacional, es decir:
 

·         A la unidad de salud de Mini Numa se debe asignar la Clave Única de Establecimientos de Salud, para garantizar la permanencia del servicio médico.

·         Asimismo, las autoridades deben construir un centro de salud digno y dotarlo de la infraestructura adecuada, pues la casa de salud que construyeron es de adobe y no cuenta con ningún servicio.

·         También deben equiparlo con el mobiliario adecuado y que establece como mínimo el Modelo Integrador de Atención a la Salud, dentro del cual aparece que la casa de salud deberá estar equipada con un sistema de radio o telefonía para comunicarse con el centro de salud más cercano y poder referir de manera inmediata los casos que así lo ameriten.

·         El cuadro básico de medicamentos debe ser asignado a partir de un estudio epidemiológico realizado en la región.

·         La unidad de salud de la cabecera municipal de Metlatónoc, debe ser ajustada al proyecto de unidad médica a partir de diversos elementos, entre ellos el número de habitantes que tiene el municipio que es de 17 mil 400 personas, a las condiciones geográficas, sociales y económicas de la región, considerando que es una zona muy accidentada, en situación de pobreza extrema y altos índices de rezago social, como recientemente lo acaba de declarar el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.
 

Antecedentes  

El 9 de noviembre del año 2007, integrantes del Comité de Salud de la comunidad de Mini Numa, solicitaron un amparo ante el Juzgado Séptimo en contra de la Secretaría de Salud y el gobierno de Guerrero, por la violación de su derecho a la salud, pues las autoridades hicieron caso omiso a sus peticiones que por escrito habían estado haciendo desde el año 2003 y que tenían que ver con la construcción de un centro de salud, la asignación de un médico y la dotación de medicinas. A consecuencia de esa  negativa entre el 2005 y el 2007 se registró la muerte de 6 personas, entre ellos cuatro niños.

Como parte del juicio de amparo número 1157/2007, los indígenas asesorados por Tlachinollan ofrecieron diversos elementos probatorios, logrando con ello que el 11 de julio pasado, el juez Séptimo de Distrito radicado Chilpancingo concediera el amparo a la comunidad de Mini Numa

Es extraordinario que el juez en su análisis determinara que la autoridad estatal violó el artículo 4° constitucional que regula el derecho a la salud de toda persona y colectividad, y es todavía más importante que haya dejado claro al gobierno de Guerrero que no se puede alegar una escasez presupuestal, para dejar de cumplir con sus obligaciones constitucionales.


Elena Cannie – Coordinadora del Area Internacional
Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan
Mina # 77, Colonia Centro, CP 41304
Tlapa de Comonfort, Guerrero – Mexico
Tel: (52) 757 476 12 20 – Cel:(045) 757 105 42 73 –

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