Derechos Humanos de La Montaña Informa:

MP de Huamuxtitlán obstaculiza investigación

de abuso sexual contra indígena naua

 

·     Se niega a remitir el expediente al Congreso del Estado para que inicie juicio de desafuero contra funcionario de Alpoyeca

·     Bertha fue víctima de abuso sexual en 2007 y ha sufrido presiones de las autoridades municipales y ministeriales.

·     En la Montaña, la justicia sigue siendo inaccesible.

 

Tlapa, Guerrero, México a 13 de octubre de 2008.- El agente del Ministerio Público del fuero Común del Distrito Judicial de Zaragoza, con residencia en Huamuxtitlán, Guerrero, Daniel Reguera Salado, dilata la investigación que se sigue por el caso de la indígena naua, Bertha Félix Díaz que acusó al director de Seguridad Pública del ayuntamiento de Alpoyeca, Graube de Jesús Rosales por hostigamiento sexual, aprovechamiento sexual y abuso de autoridad.

 

A cinco meses de que sus asesores jurídicos y abogados del Monitor Civil de la Policía y del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, solicitaron la remisión del expediente de Bertha ante el Congreso del Estado para que se inicie un juicio de procedencia (desafuero) contra Graube de Jesús, ya que se encuentran desahogadas todas las pruebas y existen elementos suficientes para acreditar la probable responsabilidad del funcionario publico, el Ministerio Público sólo ha dado evasivas.

 

La última ocasión en que los abogados insistieron en que se remitiera el citado expediente al Congreso local, Daniel Reguera Salado, respondió irónico que llevaría el expediente a los diputados, sólo si se le pagaba el transporte a Chilpancingo. En otras ocasiones ha retrasado la ratificación de documentos ausentándose de su oficina o dando fechas cuando está de vacaciones

 

Coincidentemente, Bertha sigue siendo objeto de presiones por parte de la abogada de Graube. Ella le ha llamado por teléfono, en diversas ocasiones para ofrecerle dinero a cambio de que retire la denuncia; los montos han ido de los 10 hasta los 20 mil pesos.

 

El proceso de desafuero que se solicitó contra Graube en el mes de mayo, es porque no se puede ejercitarse acción penal en su contra debido a que cuenta con el fuero constitucional que obtiene al ocupar mediante elección popular, el puesto de regidor de Agricultura y Desarrollo Rural. No obstante, en febrero de 2007 empezó a fungir como Director de Seguridad Pública del Ayuntamiento de Alpoyeca.

 

Bertha comenzó a trabajar como mujer policía en el ayuntamiento de Alpoyeca, el 2 de mayo de 2007, días después, el 15 de mayo, Graube de Jesús aprovechó una salida con ella al municipio de Tlapa para llevarla a un hotel, y condicionándola, la obligó a tener relaciones sexuales con la amenaza directa de quitarle su trabajo si se negaba y si comentaba con alguien lo sucedido. La mujer aceptó esa imposición debido a su necesidad de tener un empleo, no obstante, fue despedida meses después.

 

Ante esta situación, Bertha que es soltera y vive con su madre a quien sostiene económicamente, presentó el 11 de julio la queja 30/2007-II ante la Comisión de Defensa de Derechos Humanos (Coddehum) en Guerrero contra Graube de Jesús. Ese organismo pidió al ayuntamiento de Alpoyeca que salvaguardara la integridad física y psicológica de la mujer naua así como la de sus familiares y que iniciara un procedimiento administrativo al funcionario municipal.

 

Bertha también denunció a Graube ante el MP de Huamuxtitlán (adscripción a la que pertenece Alpoyeca), radicándose la averiguación previa número ZAR/01/052/2007, sin embargo, el acceso a la justicia plena ha sido un camino largo y difícil de recorrer, pues además de las graves irregularidades que hay en la integración de su expediente, ha enfrentado una serie de hostigamientos por parte de las autoridades de Alpoyeca y de la abogada de Graube.

 

El caso de Bertha es un ejemplo claro de la doble victimización que viven las mujeres que denuncian delitos sexuales. El drama que significa ser agredida sexualmente, ella ahora se ve frente a una dependencia que lejos de cumplir su encargo de investigar y perseguir los delitos y dilata la investigación y ha evitado que se den las condiciones jurídicas necesarias para que se pueda girar una orden de aprehensión, a más de un año de denunciados los hechos.

 

El grado de vulnerabilidad que puede vivir la mujer en espacios laborales como son las corporaciones policiales también se ve reflejado también en este caso. Es claro que el abuso sufrido por Bertha es consecuencia del uso ilegal que el Director de la Policía Municipal de Alpoyeca le dio a su cargo, se aprovechó de su posición laboral y de su condición de suprasubordinación para amenazarla.

 

Como hemos denunciado, la impunidad es el factor que permite que las violaciones a los derechos humanos continúen perpetuándose y es por ello que con el caso de Bertha es criticable que el MP con residencia en Huamuxtitlán se niegue a hacer su labor permitiendo que el probable responsable del delito a través de sus abogados presionen a  la víctima e incluso mediante la dilación en su trabajo dé oportunidad a que el mismo se evada de la justicia.

 

Por lo anterior y bajo nuestro compromiso asumido en defensa de los ciudadanos que son víctimas de abuso policiaco, el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan y Monitor Civil de la Policía y Fuerzas de Seguridad de la Región de la Montaña, demandamos a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero:

1.-  El envío inmediato de la  investigación a la Comisión Instructora del Congreso local, para que éste determine la procedencia y se esté en condiciones para que se ejercite acción penal (solicitar al Juez librar la orden de aprehensión) en contra de Grahube;

2.- Se dé inicio a un proceso de investigación administrativa sancionatoria, en contra del MP, Daniel Reguera Salado, por el incumplimiento de las normas básicas de debido proceso legal, al incurrir en dilación y poner en duda fundada su imparcialidad, independencia y probidad.

3.- En función de lo establecido por el artículo 20 apartado “B” de la Constitución Política Mexicana se instauren las medidas de protección y auxilio que garanticen la integridad de Bertha, pues la actitud dilatoria y tendenciosa del agente del Ministerio Público ha puesto en riesgo su seguridad.

 

 

 

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