Relación de los hechos:
Julio Figueroa
En febrero de
Salvo que hoy han transcurrido 48 meses del crimen y persiste el silencio y el vacío de la autoridad, y desde luego la impunidad del criminal, sea quien sea. La investigación ministerial está en el limbo y, me dice el papá del joven muerto, no se mueve nada desde hace más de un año. Así de rápida, expedita y transparente es la justicia en la entidad. Pero el Procurador de Justicia de Querétaro acaba de ser reconocido por su buen desempeño. Reconocimiento que no viene, naturalmente, de parte de las víctimas.
Las letras de luz se abren y las imágenes quedan en los ojos.
15 meses 15
BMW-Querétaro
Relación de los hechos:
1- La madrugada del sábado 27 de noviembre de 2004, en la ciudad de Querétaro, Marco Antonio Hernández Galván y Miguel Gerardo Rivera Alcántar, acompañados por Gamaliel Rivera González y Juan Eduardo Cumplido Sánchez, a bordo de un Tsuru blanco 91, fueron agredidos por el conductor de una camioneta BMW X5 color negro, luego de un leve incidente de tránsito. El primero de los citados recibió un disparo de arma de fuego que motivó perdiera la vida, y el segundo fue golpeado en la cabeza.
2- Los hechos ocurrieron como a las 3 de la mañana, primero frente a
3- No se detectó ni gota de alcohol en el cuerpo de Marco Antonio según el dictamen pericial legal realizado. Sí en sus otros acompañantes, que habían ingerido al parecer entre cuatro y siete cervezas cada uno (no caguamas). En los cuatro jóvenes (incluyendo el muerto) resultó negativa la prueba de rodiozonato de sodio que se les practicó, con el objeto de saber si habían disparado un arma de fuego.
4- Esa misma madrugada, alrededor de las 4: 20 horas, tras un intento de fuga, fue detenido el conductor de una camioneta BMW X5 color negro, “la cual coincidía con las características del vehículo que se había reportado”, más sus acompañantes en la misma unidad, más sus escoltas en una camioneta tipo Durango color gris. Uno de los escoltas llevaba una escuadra calibre
5- Gamaliel Rivera González y Juan Eduardo Cumplido Sánchez ciertamente no reconocieron al presunto homicida de
6- Los dos escoltas detenidos se mostraron siempre muy agresivos, amagando con usar sus armas. Y un elemento de
7- Miguel Gerardo Rivera Alcántar, testigo y primer agredido por el conductor de
8- Miguel Gerardo Rivera Alcántar hizo su primera declaración ministerial el mismo 27 de noviembre a las 5 de la tarde en el hospital San José, donde se encontraba internado a causa de la agresión sufrida. Y el primero de diciembre a las 9: 30 p.m. identificó en una foto de computadora al presunto homicida, sin saber su nombre, entre cuatro imágenes que guardaban rasgos similares, en “la diligencia (ministerial) de confrontación mediante fotografía”. ¿Esa foto correspondía a Federico Humberto Ruiz Lomelí o a Juan Gerardo Vázquez Herrera?
9- Posteriormente, Miguel Gerardo amplió y precisó su declaración el 3 de febrero de 2005. Allí “proporcionó una fotografía que salió publicada en el periódico (a.m.) del 19 de diciembre de 2004, misma que identificó como la persona que lo agredió con una pistola y después le disparó a Marco Antonio Hernández Galván; fotografía que corresponde al conductor de la camioneta BMW X5 color negro”. El mismo que fue detenido y liberado sin examen judicial alguno la madrugada del 27 de noviembre de 2004 y cuyo nombre es Federico Ruiz Lomelí.
10- El conductor de la camioneta BMW X5 color negro, en su carácter de probable responsable, rindió por escrito su declaración ministerial el 24 de febrero de
11- J. Jesús Negrete Trujillo, guardaespaldas del conductor de
12- Rafael Uriel Ruiz Hernández, guardaespaldas del conductor de
13- Alejandra o Alexandra Hidalgo Martínez declaró el 15 de febrero de
14- Fabiola Bonilla Haro, en su carácter de acompañante del conductor de
15- Y por último, José Luis González Landa, acompañante del conductor de
16- Hasta hoy, nunca han sido confrontados en una diligencia ministerial Miguel Gerardo Rivera Alcántar (testigo, ofendido y acusador) y Federico Ruiz Lomelí (sospechoso número uno por haber sido detenido el mismo día de los hechos en una camioneta con las características del crimen cometido y por ser acusado por un testigo y ofendido en primer término).
17- La bomba informativa. El 7 de marzo apareció en el a.m. de Querétaro el amplio testimonio personal de Miguel Gerardo Rivera Alcántar, confirmando públicamente lo que había dicho ante el Ministerio Público y era vox populi.
18- El 8 de marzo, en un desplegado a toda plana publicado en todos los diarios de la capital queretana, Federico Ruiz Lomelí rompe su silencio y declara que es inocente y acusa de difamación a Miguel Gerardo Rivera Alcántar, y amaga con proceder legalmente, sin haberlo hecho nunca efectivo hasta el día de hoy. “¡¡Basta de calumnias y mentiras!! ¡Soy inocente! A la opinión pública de Querétaro”, así se cabeceó el desplegado de Federico Ruiz Lomelí.
19- El mismo 7 de marzo en que Miguel Gerardo Rivera Alcántar detonó en la prensa su acusación contra Federico Ruiz Lomelí, el procurador Juan Martín Granados Torres se apresuró a declarar ante todos los medios: “En estos momentos la averiguación previa se sigue trabajando; en estos momentos no hay pruebas suficientes para imputar a nadie la autoría de este homicidio”. Declaración que naturalmente todos los medios impresos recogieron y editorializaron en lugar privilegiado al día siguiente, 8 de marzo. Además, el Procurador puntualizó que no se ha cerrado ninguna línea de investigación, pero señaló que hay contradicciones y discordancias en el testimonio de los testigos, especialmente en las tres comparecencias ministeriales de Miguel Gerardo Rivera Alcántar, con “variaciones de fondo y circunstancia”: el 27 de noviembre de 2004 y el 3 y el 7 de febrero de 2005.
20- O miente el procurador Juan Martín Granados Torres y nos quiere confundir o miente y se confunde el joven Miguel Gerardo Rivera Alcántar. El Procurador sugiere que Miguel Gerardo identificó primero como presunto responsable a Juan Vázquez y luego a Federico Ruiz. Miguel Gerardo afirma que siempre identificó a Federico Ruiz, sin saber su nombre en un principio, y que luego le cambiaron la foto del lugar en que la identificó ante la borrosa imagen de computadora mostrada en la diligencia ministerial del primero de diciembre de 2004. Este punto es crucial.
* * *
(Este palabrero se encuentra en muy malos términos, en todos sentidos, y no sabe si podrá continuar esta relación de los hechos. Y nadie lo puede ayudar, desgraciadamente. ¿Nadie puede o nadie quiere? No lo sé. Julio Figueroa. Qro. Qro. México, sábado 25 de febrero de 2006, una quince de la tarde).
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21- Las placas. Los jóvenes del Tsuru 91 dijeron que
22- En conferencia de prensa del 14 de abril de 2005 el procurador Granados Torres informó lo siguiente:
“El Agente del Ministerio Público, por el momento, ha resuelto la conclusión de dos líneas de investigación que se refieren al tema… En concreto, las indagaciones concluidas son las que se refieren a las imputaciones que, dentro de la averiguación previa y ante el Agente del Ministerio Público hizo el testigo de cargo Miguel Gerardo Rivera Alcántar… Toda la información referida se encuentra en el expediente de averiguación previa de más de 2,000 fojas, donde se recabaron hasta el momento más de 220 probanzas que hacen posible que el Ministerio Público concluya hasta el momento, con objetividad, que las imputaciones a Juan Gerardo Vázquez Herrera y Federico Humberto Ruiz Lomelí, que ha hecho el testigo Miguel Gerardo Rivera Alcántar no son jurídicamente suficientes y veraces para ejercitar acción penal contra cualquiera de dichas personas, hasta en tanto, no exista prueba suficiente que haga –al menos– probable su responsabilidad penal en los hechos que se investigan.”
23- Al día siguiente, 15 de abril, Noticias y Diario de Querétaro cabecearon así su información. Noticias, primera plana de la sección principal: “PGJ: no hay elementos de prueba en caso-BMW. Persisten aún cuatro líneas de investigación sobre el crimen”. Mismo periódico en su primera página de
24- ¿Exonerado o no exonerado? Armando Campero, del Diario de Querétaro, preguntó al Procurador en la conferencia de prensa del 14 de abril: “Así como para entenderle y para que le entienda la sociedad, ¿estamos hablando de que el Ministerio Público está exonerando de toda responsabilidad a Federico?”
Respuesta del Procurador: “A ver, yo lo que diría es que…” (puntos suspensivos, sin trascripción).
Insiste el reportero Campero: “Bueno para utilizar también lenguaje coloquial…”
Nueva respuesta del Procurador: “Coloquialmente hablando ya lo mencioné en la lectura del informe…” (y repite en lo fundamental la lectura del informe: que se han agotado las dos líneas de investigación que llevaban a Juan Vázquez y a Federico Ruiz).
25- ¿Exonerado o no exonerado? Pasaron los meses y los días y justo al año del crimen el periodista Felipe Olguín Rangel afirmó en Diario de Querétaro: “La actitud del abogado del Estado fue muy criticada por algunos sectores, ya que, aducían, no le competía exonerar a nadie de un posible asesinato; sino que su labor era precisamente presentar pruebas contra el homicida” (“Prófugo aún el criminal”, Diario de Querétaro, 27-Nov-2005, p. 3-A).
Al día siguiente, el Procurador que no dijo nada cuando ese mismo periódico en su titular principal de primera plana del 15 de abril cabeceó y resumió así la conferencia de prensa del día anterior: “Exonerado”, ahora sí respondió en una carta al Diario: “Tal afirmación es falsa, puesto que en ningún momento el Procurador General de Justicia del Estado, Juan Martín Granados Torres, ha decretado la inocencia de ninguna persona o exonerado a alguien de algún delito. / El motivo de la conferencia de prensa, a la que hace mención el reportero, misma que realizó el día 14 de abril de 2005, únicamente tuvo el objetivo de informar, que hasta ese momento, se habían agotado dos líneas de investigación en torno a la averiguación previa 1/929/2004” (Diario de Querétaro, 28-Nov-2005, p. 3-A).
26- En suma y síntesis: al sospechoso número uno detenido el día de los hechos lo dejaron ir sin confrontarlo con el testigo agredido, Miguel Gerardo, como supuestamente sí ocurrió con los otros dos testigos que supuestamente no lo reconocieron (en esas circunstancias nada es creíble); a ninguno de los detenidos de
“El bien, quisimos el bien:
enderezar al mundo.
No nos faltó entereza:
nos faltó humildad.
Lo que quisimos no lo quisimos con inocencia.
Preceptos y conceptos,
soberbia de teólogos:
golpear con la cruz,
fundar con sangre,
levantar la casa con ladrillos de crimen,
decretar la comunión obligatoria.”
Octavio
Paz
* * *
27- Con fecha del 31 de octubre de 2005 empezó a circular, hasta la tarde del 22 de noviembre,
28- Desde el principio, se lee en
29- Las familias de las víctimas no recibieron el trato que requerían para su protección, y más bien se han sentido amedrentadas desde el día del funeral de Marco y aun antes: desde la difícil y dudosa confronta con el primer sospechoso rodeado por sus amenazantes guaruras. De igual manera, los integrantes de
30- En fin, han sido muchas y enormes las irregularidades cometidas en la averiguación previa 1/929/2004 y que el propio papá del occiso ha denunciado públicamente y sin ningún resultado: “No más mentiras señor Procurador” (a.m., 12-May-2005, p. 9-A). “Si el agente del Ministerio Público que depende del Procurador cambió la fotografía de Federico Ruiz Lomelí por la de Juan Vázquez Herrera, ¿cómo pretenden que la sociedad les crea la “aparición” de un video de un cajero automático, después de cuatro meses y medio de ocurrido el homicidio?” / “El Procurador admitió la prueba de confrontación entre el testigo de cargo y Federico Ruiz Lomelí, y éste no se presentó al careo el día y hora señalado; cuando volví a solicitar la prueba, el Ministerio Público ya no quiso admitir esta prueba. ¿Por qué?” / “El Procurador debería de ser el abogado defensor del pueblo, concretamente de las víctimas, no del probable responsable.”
31- Fueron elementos de la policía estatal y no de la municipal los que intervinieron directamente en los hechos la madrugada del 27 de noviembre. Así, todo el peso de la responsabilidad de los actos cometidos u omitidos recae sobre los elementos de
32- En resumen,
33- Y formula, con todo respeto, al señor gobernador constitucional de Querétaro, Francisco Garrido Patrón, “no como autoridad responsable directa, sino como superior jerárquico de los servidores públicos que intervinieron en los hechos”, cuatro recomendaciones muy puntuales encaminadas a la procuración de justicia a favor de las familias agraviadas…
34- A cuatro meses de
35- ¿Y el Secretario de Gobierno, Alfredo Botello Montes? Vox populi: los responsables de la justicia o injusticia en el caso de
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“Enredo circular:
todos hemos sido,
en el Gran Teatro del Inmundo,
jueces, verdugos, víctimas, testigos,
todos
hemos levantado falso testimonio
contra los
otros
y contra nosotros mismos.
Y lo más vil:
fuimos
el público que aplaude o bosteza en su butaca.
La culpa que no se sabe culpa,
la inocencia,
fue la culpa mayor.
Cada año fue monte de
huesos.”
Octavio Paz
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36- Ya agotadas dos líneas de investigación, tras lo cual se afirma que ni Juan Vázquez ni Federico Ruiz Lomelí fueron los presuntos homicidas, y sabiendo que la línea que apuntaba en torno al grupo de René Juárez Albarrán, hijo del exgobernador de Guerrero, ha terminado siendo puro humo en los ojos, sólo queda una última hipótesis, ciudadanos por la justicia en México: probablemente fue el Espíritu Maligno Queretano: que esa madrugada descendió o ascendió de lo oscuro, disparó, mató y se esfumó.
37- Fuentes utilizadas: la versión íntegra de
Julio Figueroa
Querétaro, Qro., México,
lunes 27 de febrero de 2006.
15 meses 15
Nada, silencio, nada.
48 meses 48
Nada, nada, silencio, nada, silencio.
Domingo 30 de noviembre de 2008.