Relación de hechos de Julio Figueroa

Relación de los hechos:

 Caso BMWQuerétaro  

Julio Figueroa  

    

En febrero de 2006, a quince meses del triste suceso, hice la relación de los hechos más completa que pude. La transcribo en seguida, como siempre, sin agregar ni quitar nada. Palabra por palabra, las frágiles palabras se sostienen solas. Crean sus propias aspas de luz o no sirven para nada.

     Salvo que hoy han transcurrido 48 meses del crimen y persiste el silencio y el vacío de la autoridad, y desde luego la impunidad del criminal, sea quien sea. La investigación ministerial está en el limbo y, me dice el papá del joven muerto, no se mueve nada desde hace más de un año. Así de rápida, expedita y transparente es la justicia en la entidad. Pero el Procurador de Justicia de Querétaro acaba de ser reconocido por su buen desempeño. Reconocimiento que no viene, naturalmente, de parte de las víctimas.

     Las letras de luz se abren y las imágenes quedan en los ojos.      (Julio Figueroa. Qro. Qro., Centro Cultural Manuel Gómez Morín, domingo 30 de noviembre de 2008).      

15 meses 15

BMW-Querétaro  

    

 Relación de los hechos:  

     1- La madrugada del sábado 27 de noviembre de 2004, en la ciudad de Querétaro, Marco Antonio Hernández Galván y Miguel Gerardo Rivera Alcántar, acompañados por Gamaliel Rivera González y Juan Eduardo Cumplido Sánchez, a bordo de un Tsuru blanco 91, fueron agredidos por el conductor de una camioneta BMW X5 color negro, luego de un leve incidente de tránsito. El primero de los citados recibió un disparo de arma de fuego que motivó perdiera la vida, y el segundo fue golpeado en la cabeza.  

     2- Los hechos ocurrieron como a las 3 de la mañana, primero frente a la Alameda y luego sobre la calle de Pasteur esquina con José Sotelo (adelante de la Volkswagen y a unos metros de la autopista), colonia Valle Alameda. Marco Antonio falleció en el hospital San José a las 4: 05 a.m., “debido a la herida producida por proyectil de arma de fuego, penetrante en tórax y abdomen”. La bala que lo mató es la de un cartucho calibre 9 mm, un arma de uso exclusivo del Ejército. 

     3- No se detectó ni gota de alcohol en el cuerpo de Marco Antonio según el dictamen pericial legal realizado. Sí en sus otros acompañantes, que habían ingerido al parecer entre cuatro y siete cervezas cada uno (no caguamas). En los cuatro jóvenes (incluyendo el muerto) resultó negativa la prueba de rodiozonato de sodio que se les practicó, con el objeto de saber si habían disparado un arma de fuego.  

     4- Esa misma madrugada, alrededor de las 4: 20 horas, tras un intento de fuga, fue detenido el conductor de una camioneta BMW X5 color negro, “la cual coincidía con las características del vehículo que se había reportado”, más sus acompañantes en la misma unidad, más sus escoltas en una camioneta tipo Durango color gris. Uno de los escoltas llevaba una escuadra calibre 9 mm. Pero ninguno de ellos fue puesto a disposición inmediata de la autoridad investigadora, ni fueron revisados debidamente sus vehículos, menos resguardados para su posterior investigación, sino que simplemente poco después fueron puestos en libertad. La orden visible la dio el comandante Fernando Oropeza Martínez, elemento de la Secretaría de Seguridad Pública Ciudadana del Estado de Querétaro.  

     5- Gamaliel Rivera González y Juan Eduardo Cumplido Sánchez ciertamente no reconocieron al presunto homicida de la BMW detenido como primer sospechoso (“testigos que jamás le vieron la cara al homicida y por eso no podían reconocerlo”), pero bien a bien no queda claro si fueron confrontados con el conductor detenido o con alguno de sus guaruras, además de que fueron notoriamente amedrentados y la confronta legal no la dirigió el agente del Ministerio Público encargado por ley de ello, sino que éste consintió que otros elementos extraños a esta práctica judicial metieran las manos, y por si fuera poco sin brindar a los testigos la seguridad y protección prevista por la ley.  

     6- Los dos escoltas detenidos se mostraron siempre muy agresivos,  amagando con usar sus armas. Y un elemento de la Dirección de Seguridad Pública del Estado de Querétaro, en su declaración ministerial del 20 de diciembre de 2004, afirma que cuando él y otros compañeros se acercaron a la BMW el día de los hechos, “él se percató que el conductor andaba tomado”.      

     7- Miguel Gerardo Rivera Alcántar, testigo y primer agredido por el conductor de la BMW, nunca fue requerido por el Ministerio Público para que identificara al presunto responsable detenido el día de los hechos. Ni ese día en que se encontraba en el hospital ni ningún otro. Nunca, ni cuando este testigo señaló en una fotografía de computadora, primero, y luego en otra foto de periódico, al presunto responsable, que corresponde al detenido el día de los hechos.  

     8- Miguel Gerardo Rivera Alcántar hizo su primera declaración ministerial el mismo 27 de noviembre a las 5 de la tarde en el hospital San José, donde se encontraba internado a causa de la agresión sufrida. Y el primero de diciembre a las 9: 30 p.m. identificó en una foto de computadora al presunto homicida, sin saber su nombre, entre cuatro imágenes que guardaban rasgos similares, en “la diligencia (ministerial) de confrontación mediante fotografía”. ¿Esa foto correspondía a Federico Humberto Ruiz Lomelí o a Juan Gerardo Vázquez Herrera?   

     9- Posteriormente, Miguel Gerardo amplió y precisó su declaración el 3 de febrero de 2005. Allí “proporcionó una fotografía que salió publicada en el periódico (a.m.) del 19 de diciembre de 2004, misma que identificó como la persona que lo agredió con una pistola y después le disparó a Marco Antonio Hernández Galván; fotografía que corresponde al conductor de la camioneta BMW X5 color negro”. El mismo que fue detenido y liberado sin examen judicial alguno la madrugada del 27 de noviembre de 2004 y cuyo nombre es Federico Ruiz Lomelí.  

     10- El conductor de la camioneta BMW X5 color negro, en su carácter de probable responsable, rindió por escrito su declaración ministerial el 24 de febrero de 2005, a las 10: 30 de la mañana.  

     11- J. Jesús Negrete Trujillo, guardaespaldas del conductor de la BMW, declaró el 8 de febrero de 2005, a las 10: 40 de la mañana. 

     12- Rafael Uriel Ruiz Hernández, guardaespaldas del conductor de la BMW, declaró el mismo día 8 de febrero de 2005, a las 11 de la mañana.    

     13- Alejandra o Alexandra Hidalgo Martínez declaró el 15 de febrero de 2005, a las 6 de la tarde. (No se precisa en calidad de qué).  

     14- Fabiola Bonilla Haro, en su carácter de acompañante del conductor de la BMW, declaró el 3 de marzo de 2005, a las 10 horas.   

     15- Y por último, José Luis González Landa, acompañante del conductor de la BMW,  rindió su declaración ministerial el 10 de marzo de 2005,  a las 19: 40 horas.     

     16- Hasta hoy, nunca han sido confrontados en una diligencia ministerial Miguel Gerardo Rivera Alcántar (testigo, ofendido y acusador) y Federico Ruiz Lomelí (sospechoso número uno por haber sido detenido el mismo día de los hechos en una camioneta con las características del crimen cometido y por ser acusado por un testigo y ofendido en primer término).  

     17- La bomba informativa. El 7 de marzo apareció en el a.m. de Querétaro el amplio testimonio personal de Miguel Gerardo Rivera Alcántar, confirmando públicamente lo que había dicho ante el Ministerio Público y era vox populi.  

     18- El 8 de marzo, en un desplegado a toda plana publicado en todos los diarios de la capital queretana, Federico Ruiz Lomelí rompe su silencio y declara que es inocente y acusa de difamación a Miguel Gerardo Rivera Alcántar, y amaga con proceder legalmente, sin haberlo hecho nunca efectivo hasta el día de hoy. “¡¡Basta de calumnias y mentiras!! ¡Soy inocente! A la opinión pública de Querétaro”, así se cabeceó el desplegado de Federico Ruiz Lomelí.  

     19- El mismo 7 de marzo en que Miguel Gerardo Rivera Alcántar detonó en la prensa su acusación contra Federico Ruiz Lomelí, el procurador Juan Martín Granados Torres se apresuró a declarar ante todos los medios: “En estos momentos la averiguación previa se sigue trabajando; en estos momentos no hay pruebas suficientes para imputar a nadie la autoría de este homicidio”. Declaración que naturalmente todos los medios impresos recogieron y editorializaron en lugar privilegiado al día siguiente, 8 de marzo. Además, el Procurador puntualizó que no se ha cerrado ninguna línea de investigación, pero señaló que hay contradicciones y discordancias en el testimonio de los testigos, especialmente en las tres comparecencias ministeriales de Miguel Gerardo Rivera Alcántar, con “variaciones de fondo y circunstancia”: el 27 de noviembre de 2004 y el 3 y el 7 de febrero de 2005.   

     20- O miente el procurador Juan Martín Granados Torres y nos quiere confundir o miente y se confunde el joven Miguel Gerardo Rivera Alcántar. El Procurador sugiere que Miguel Gerardo identificó primero como presunto responsable a Juan Vázquez y luego a Federico Ruiz. Miguel Gerardo afirma que siempre identificó a Federico Ruiz, sin saber su nombre en un principio,  y que luego le cambiaron la foto del lugar en que la identificó ante la borrosa imagen de computadora mostrada en la diligencia ministerial del primero de diciembre de 2004. Este punto es crucial.   

* * *  

    

(Este palabrero se encuentra en muy malos términos, en todos sentidos, y no sabe si podrá continuar esta relación de los hechos. Y nadie lo puede ayudar, desgraciadamente. ¿Nadie puede o nadie quiere? No lo sé. Julio Figueroa. Qro. Qro. México, sábado 25 de febrero de 2006, una quince de la tarde).  

* * *  

    

21- Las placas. Los jóvenes del Tsuru 91 dijeron que la BMW del conductor que los agredió no traía la placa trasera. Los diferentes elementos de la policía que participaron en la detención de la BMW que circulaba esa madrugada dijeron al respecto: unos que “no traía placa atrás, solamente un portaplacas”, otro que “sí le vio la placa trasera, pero no se dio cuenta de si llevaba placa delantera, pues no la vio, y ni recuerda el número de la placa”; otro más: que “la verdad no recuerda si traía o no placas de circulación”; uno más: “sí traía placas, pero que no recordaba los números, tampoco qué placa fue la que vio, si la delantera, la trasera o ambas, no recuerda si traía las dos placas”. Otro más: “sí traía placas de circulación número UNA-4054 del estado de Querétaro”. Otro: “llevaba placas de Querétaro, pero no recordaba el número”. Y otro: “no sabe si haya traído placas de circulación”. En suma: hay más contradicciones que unanimidad en un hecho tan concreto como ese, y lo menos que ello prueba es que no hicieron muy bien su trabajo.  

     22- En conferencia de prensa del 14 de abril de 2005 el procurador Granados Torres informó lo siguiente:

     “El Agente del Ministerio Público, por el momento, ha resuelto la conclusión de dos líneas de investigación que se refieren al tema… En concreto, las indagaciones concluidas son las que se refieren a las imputaciones que, dentro de la averiguación previa y ante el Agente del Ministerio Público hizo el testigo de cargo Miguel Gerardo Rivera Alcántar… Toda la información referida se encuentra en el expediente de averiguación previa de más de 2,000 fojas, donde se recabaron hasta el momento más de 220 probanzas que hacen posible que el Ministerio Público concluya hasta el momento, con objetividad, que las imputaciones a Juan Gerardo Vázquez Herrera y Federico Humberto Ruiz Lomelí, que ha hecho el testigo Miguel Gerardo Rivera Alcántar no son jurídicamente suficientes y veraces para ejercitar acción penal contra cualquiera de dichas personas, hasta en tanto, no exista prueba suficiente que haga –al menos– probable su responsabilidad penal en los hechos que se investigan.”  

     23- Al día siguiente, 15 de abril, Noticias y Diario de Querétaro cabecearon así su información. Noticias, primera plana de la sección principal: “PGJ: no hay elementos de prueba en caso-BMW. Persisten aún cuatro líneas de investigación sobre el crimen”. Mismo periódico en su primera página de la Sección B de Sucesos: “No hay pruebas contra F. Ruiz: JM Granados. Destacó el procurador que se siguen 4 líneas de investigación”. Diario de Querétaro en su titular principal de primera plana: “Exonerado. PGJ: no hay elementos para culpar a Federico en caso de BMW negra”.  

     24- ¿Exonerado o no exonerado? Armando Campero, del Diario de Querétaro, preguntó al Procurador en la conferencia de prensa del 14 de abril: “Así como para entenderle y para que le entienda la sociedad, ¿estamos hablando de que el Ministerio Público está exonerando de toda responsabilidad a Federico?”

     Respuesta del Procurador: “A ver, yo lo que diría es que…”  (puntos suspensivos, sin trascripción).

     Insiste el reportero Campero: “Bueno para utilizar también lenguaje coloquial…”

     Nueva respuesta del Procurador: “Coloquialmente hablando ya lo mencioné en la lectura del informe…” (y repite en lo fundamental la lectura del informe: que se han agotado las dos líneas de investigación que llevaban a Juan Vázquez y a Federico Ruiz). 

     25- ¿Exonerado o no exonerado? Pasaron los meses y los días y justo al año del crimen el periodista Felipe Olguín Rangel afirmó en Diario de Querétaro: “La actitud del abogado del Estado fue muy criticada por algunos sectores, ya que, aducían, no le competía exonerar a nadie de un posible asesinato; sino que su labor era precisamente presentar pruebas contra el homicida” (“Prófugo aún el criminal”, Diario de Querétaro, 27-Nov-2005, p. 3-A).

     Al día siguiente, el Procurador que no dijo nada cuando ese mismo periódico en su titular principal de primera plana del 15 de abril cabeceó y resumió así la conferencia de prensa del día anterior: “Exonerado”, ahora sí respondió en una carta al Diario: “Tal afirmación es falsa, puesto que en ningún momento el Procurador General de Justicia del Estado, Juan Martín Granados Torres, ha decretado la inocencia de ninguna persona o exonerado a alguien de algún delito. /  El motivo de la conferencia de prensa, a la que hace mención el reportero, misma que realizó el día 14 de abril de 2005, únicamente tuvo el objetivo de informar, que hasta ese momento, se habían agotado dos líneas de investigación en torno a la averiguación previa 1/929/2004” (Diario de Querétaro, 28-Nov-2005, p. 3-A).  

     26- En suma y síntesis: al sospechoso número uno detenido el día de los hechos lo dejaron ir sin confrontarlo con el testigo agredido, Miguel Gerardo, como supuestamente sí ocurrió con los otros dos testigos que supuestamente no lo reconocieron (en esas circunstancias nada es creíble); a ninguno de los detenidos de la BMW ese día se les sometió a la prueba del rodiozonato, como sí se hizo con los jóvenes del Tsuru 91; el Procurador informó que el Ministerio Público agotó las dos líneas de investigación en torno a Juan Gerardo Vázquez Herrera y a Federico Humberto Ruiz Lomelí, declarando que no hay elementos objetivos para culpar a ninguno de ellos; y sus nuevas líneas de investigación… creo que han sido humo en los ojos. * * * 

                                  “El bien, quisimos el bien:

                                                                              enderezar al mundo.

                                  No nos faltó entereza:

                                                                      nos faltó humildad.

                                  Lo que quisimos no lo quisimos con inocencia.

                                  Preceptos y conceptos,

                                                                        soberbia de teólogos:

                                  golpear con la cruz,

                                                                   fundar con sangre,

                                  levantar la casa con ladrillos de crimen,

                                  decretar la comunión obligatoria.” 

                                                                                         Octavio

Paz 

* * * 

     

27- Con fecha del 31 de octubre de 2005 empezó a circular, hasta la tarde del 22 de noviembre, la Recomendación 035/2005 que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió sobre el “Caso BMW” y dirigió al gobernador Francisco Garrido Patrón. En síntesis, la Recomendación de la CNDH dice, que en este caso, las autoridades de justicia de Querétaro han hecho muy mal las cosas. ¿Corrupción, ineficiencia o encubrimiento? Es la pregunta ciudadana que todos nos hacemos. A regañadientes, el gobierno queretano aceptó la Recomendación. Quizá bajo la vieja consigna virreinal: “Obedézcase y no se cumpla”. ¿Pues cuál ha sido el resultado y la actuación posterior del gobierno de Garrido Patrón frente a dicha Recomendación? Silencio sobre silencio y más silencio. Querétaro es un lugar seguro y un estado donde se cumple y se respeta la ley. Querétaro es mejor. Y el que no lo crea…   

     28- Desde el principio, se lee en la Recomendación, según queda asentado en la propia averiguación previa 1/929/2004 (averiguación que aún no concluye y por tanto todo es reservado; ¿habrán acabado el día del Juicio Final?), se ha estado protegiendo al probable responsable del asesinato del joven Marco Antonio Hernández Galván, a quien conducía una camioneta BMW X5 color negro, quien es una persona influyente en Querétaro. Se ha entorpecido la actuación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y de manera deliberada se ha trabajado con mucha lentitud, practicando diversas diligencias que resultan inútiles, que han ocasionado que se entrampe el asunto y se oculte la verdad de los hechos.  

     29- Las familias de las víctimas no recibieron el trato que requerían para su protección, y más bien se han sentido amedrentadas desde el día del funeral de Marco y aun antes: desde la difícil y dudosa confronta con el primer sospechoso rodeado por sus amenazantes guaruras. De igual manera, los integrantes de la Barra Queretana del Colegio de Abogados que se han ocupado del caso, Gerardo Alcocer y Alfonso Rodríguez, han sufrido hostigamiento y bloqueo, por decir lo menos, en sus funciones jurídicas como abogados de las víctimas. Ni hablar del primer abogado que se ocupó del caso y que desapareció como por arte de magia.  

     30- En fin, han sido muchas y enormes las irregularidades cometidas en la averiguación previa 1/929/2004 y que el propio papá del occiso ha denunciado públicamente y sin ningún resultado: “No más mentiras señor Procurador” (a.m., 12-May-2005, p. 9-A). “Si el agente del Ministerio Público que depende del Procurador cambió la fotografía de Federico Ruiz Lomelí por la de Juan Vázquez Herrera, ¿cómo pretenden que la sociedad les crea la “aparición” de un video de un cajero automático, después de cuatro meses y medio de ocurrido el homicidio?” / “El Procurador admitió la prueba de confrontación entre el testigo de cargo y Federico Ruiz Lomelí, y éste no se presentó al careo el día y hora señalado; cuando volví a solicitar la prueba, el Ministerio Público ya no quiso admitir esta prueba. ¿Por qué?” / “El Procurador debería de ser el abogado defensor del pueblo, concretamente de las víctimas, no del probable responsable.”  

     31- Fueron elementos de la policía estatal y no de la municipal los que intervinieron directamente en los hechos la madrugada del 27 de noviembre. Así, todo el peso de la responsabilidad de los actos cometidos u omitidos recae sobre los elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Querétaro, cuya cabeza es Edgar Mohar Kuri, misma dependencia a la que pertenece el comandante Fernando Oropeza Martínez; los elementos de la Policía Investigadora Ministerial de la Procuraduría de Justicia del Estado de Querétaro, cuyos titulares son: Juan Martín Granados Torres, Procurador General de Justicia; Pastor López Cabrera, Director de Averiguaciones Previas; José Vicente Pérez Hierro, Agente Coordinador en la Investigación de Delitos contra la Integridad Personal; y Alfonso Álvarez Pizarro, Agente del Ministerio Público Investigador que inició la averiguación previa 1/929/2004.

     32- En resumen, la Recomendación 035/2005 de la CNDH sobre el Caso de la BMW concluye que el Procurador del Estado, el Secretario de Seguridad Ciudadana y otros elementos y mandos de esa dependencia, así como los agentes del Ministerio Público… “han incurrido en un ejercicio indebido del cargo, incumpliendo así con la función pública en la procuración de justicia, lo que propicia que los delitos cometidos… no puedan esclarecerse y exista impunidad del probable responsable, el cual, incluso, pudiera evadirse de la acción de la justicia”.   

     33- Y formula, con todo respeto, al señor gobernador constitucional de Querétaro, Francisco Garrido Patrón, “no como autoridad responsable directa, sino como superior jerárquico de los servidores públicos que intervinieron en los hechos”, cuatro recomendaciones muy puntuales encaminadas a la procuración de justicia a favor de las familias agraviadas…  

     34- A cuatro meses de la Recomendación hecha por la CNDH y aceptada por el Gobierno de Querétaro, ¿cuáles son los resultados concretos en torno al caso de la BMW, señor gobernador Francisco Garrido Patrón? Queremos saber… como ciudadanos queretanos y mexicanos.  

     35- ¿Y el Secretario de Gobierno, Alfredo Botello Montes? Vox populi: los responsables de la justicia o injusticia en el caso de la BMW, no nos hagamos tontos, son el Secretario de Gobierno, el Procurador y el Gobernador. Todos los demás son chivos expiatorios. ¿Y las buenas conciencias cristianas? ¿Y los ciudadanos democráticos críticos? ¿Y la libertad de expresión de la prensa libre? ¿Y los locos, ya no hay locos, León Felipe, todos nos hemos vuelto terriblemente cuerdos? ¿Y la vox Dei? Silencio sobre silencio.    

* * *  

                                 

“Enredo circular:

                                                               todos hemos sido,

                                  en el Gran Teatro del Inmundo,

                                  jueces, verdugos, víctimas, testigos,

                                                                                             todos

                                  hemos levantado falso testimonio

                                                                                         contra los

otros

                                  y contra nosotros mismos.

                                                                              Y lo más vil:

fuimos

                                  el público que aplaude o bosteza en su butaca.

                                  La culpa que no se sabe culpa,

                                                                                    la inocencia,

                                  fue la culpa mayor.

                                                                  Cada año fue monte de

huesos.” 

                                                                                  Octavio Paz 

* * * 

    

36- Ya agotadas dos líneas de investigación, tras lo cual se afirma que ni  Juan Vázquez ni Federico Ruiz Lomelí fueron los presuntos homicidas, y sabiendo que la línea que apuntaba en torno al grupo de René Juárez Albarrán, hijo del exgobernador de Guerrero, ha terminado siendo puro humo en los ojos, sólo queda una última hipótesis, ciudadanos por la justicia en México: probablemente fue el Espíritu Maligno Queretano: que esa madrugada descendió o ascendió de lo oscuro, disparó, mató y se esfumó.   

     37- Fuentes utilizadas: la versión íntegra de la Recomendación 035/2005 sobre el Caso BMW emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (31-X-2005); la versión íntegra, con sus preguntas y respuestas, de la Conferencia de Prensa de la Procuraduría General de Justicia de Querétaro del 14-IV-2005; diversos periódicos del Diario de Querétaro, Noticias y a.m. de Querétaro. Y dos fragmentos del poema de Octavio Paz “Nocturno de San Ildefonso”.    

Julio Figueroa 

Querétaro, Qro., México,

lunes 27 de febrero de 2006.  

15 meses 15

Nada, silencio, nada.  

48 meses 48

Nada, nada, silencio, nada, silencio.

Domingo 30 de noviembre de 2008. 

juliofime@hotmail.com

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