Estimadas compañeras, compañeros: Por este medio hacemos llegar nuestro Boletín de Prensa No. 1, en relación a las prácticas constantes de violación al debido proceso legal que realizan los funcionarios del gobierno del estado encargados de la procuración y administración de justicia. Hacemos público el caso de Vicente López Pérez indígena Tseltal originario de la ranchería Mucaquil del Ejido San Sebastián Bachajón, adherente a la Otra Campaña del E.Z.LN., quien se encuentra privado de su libertad de manera arbitraria desde abril de 2006. Fue detenido de forma ilegal por elementos de la Policía Estatal de Caminos, arrancándole una declaración autoinculpatoria a través de tortura. Hemos presentado el día 15 de enero, un recurso de amparo a su favor señalando todas las irregularidades del procedimiento penal bajo el cual fue sujeto y por el cual, se encuentra recluido hasta la fecha en el CERSS de Playas de Catazajá compurgando una pena de prisión de 5 años, 3 meses y 11 días. Como anexo al Boletín, encontrarán la denuncia pública realizada por Vicente López Pérez dirigido a la sociedad civil nacional e internacional, en solicitud de la solidaridad. Un fraternal saludo. *** San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México a 16 de Enero de 2009 Boletín de Prensa No. 01 Violaciones al debido proceso práctica reiterada en Chiapas ? Declaración ministerial obtenida mediante tortura se le otorga valor probatorio pleno. El pasado 15 de enero, este Centro de Derechos Humanos interpuso amparo directo a favor de Vicente López Pérez, campesino tseltal, originario de la ranchería Mucaquil del Ejido San Sebastián Bachajón, municipio de Chilón, adherente a la Otra Campaña, quien se encuentra privado arbitrariamente de su libertad, desde abril de 2006, en el Centro Estatal para Reinserción Social de Sentenciados No. 17 (CERSS No 17), en Catazajá, Chiapas El 26 de abril de 2006, Vicente fue detenido ilegalmente por Eduardo Cruz Vázquez y Omar Hernández Pérez, elementos de la Policía Estatal de Caminos (PEC), destacamentados en la Comandancia Operativa del Sector IX Agua Azul en Palenque y sometido a tortura, tratos crueles inhumanos y degradantes, durante el tiempo que estuvo bajo su custodia. Fue puesto a disposición del Lic. Oscar Martín Hernández Urbina Ministerio Público en Palenque, como probable responsable de asalto y robo a un autobús de la empresa Cristóbal Colón (OCC), suscitado el día 23 de abril de 2006 en el kilómetro 101 de la carretera Ocosingo-Palenque. Ante la autoridad ministerial, fue forzado a firmar una declaración autoinculpatoria, sin la asistencia de un traductor en su lengua materna y de una defensa adecuada que conociera su lengua y cultura. A pesar de las irregularidades en el proceso penal y aunado, a que Vicente en su declaración ante el Juez en Catazajá manifestó haber sido víctima de actos de tortura, en todas las instancias judiciales se consideraron como argumentos ?defensivos?, dándole prioridad al principio de inmediatez, el cual implica que la primera declaración prevalece sobre las posteriores. Y sin que se llevara a cabo una investigación sobre la tortura, tal y como lo establece el artículo 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. Este Centro de Derechos Humanos, ha denunciado reiteradamente que en México y en especial en Chiapas, las personas pertenecientes a los pueblos indígenas, son especialmente vulnerables a los abusos de las autoridades de procuración y administración de justicia. En este sentido, el Relator Especial de la Organización de las Naciones Unidas Sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Pueblos Indígenas, en su informe al Estado Mexicano señaló que: ?Muchos indígenas indiciados se encuentran desamparados ante los agentes del ministerio público o el juez por no hablar o entender el castellano y no contar con un intérprete en su lengua, a pesar de que la ley establece este derecho?. Antecedentes Recordamos que la Policía Estatal de Caminos no es la primera vez que se encuentra involucrada en este tipo de actos. En febrero de 2008, Eliseo Silvano Jiménez y Eliseo Silvano Espinosa, Bases de Apoyo del E.Z.LN, fueron detenidos y torturados por agentes de dicha corporación. Obteniendo su libertad, luego de que este Centro, la Comisión Civil Internacional de Observación por los Derechos Humanos (CCIODH), el Centro de Análisis Político e Investigaciones Sociales y Económicas A.C (CAPISE) y distintos medios de comunicación, dieron a conocer públicamente las violaciones a derechos humanos perpetradas en contra de los indígenas tseltales. El 6 de febrero de 2008, el Juez de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Catazajá, impusó a Vicente López Pérez una pena de prisión de 5 años, 3 meses y 11 días, además de una multa de 51 días de salario mínimo. Posteriormente, el 30 de abril de 2008 la Sala Colegiada Mixta en Pichucalco, Chiapas confirmó la sentencia condenatoria del Juez de Catazajá.