Da San Lázaro luz verde
a federalización de delitos
contra periodistas
El proyecto fue enviado al Senado para su revisión y votación.
El dictamen, aprobado por 263 votos, establece que «a quien cometa un hecho ilícito previsto en las leyes penales con el propósito de impedir, interferir, limitar o atentar contra la actividad periodística se le impondrá prisión de uno a cinco años y de
El artículo 430 señala que cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas «se aumentará hasta en una mitad la pena señalada en el párrafo anterior».
Esta aprobación implica la adición del título vigésimo séptimo al libro segundo del Código Penal Federal, «De los delitos cometidos contra la libertad de expresión ejercida mediante la actividad periodística».
El artículo 431 establece que «para efectos de este título, se entenderá por actividad periodística el ejercicio de buscar, recolectar, fotografiar, investigar, sintetizar, redactar, jerarquizar, editar, imprimir, divulgar, publicar o difundir informaciones, noticias, ideas u opiniones para conocimiento del público en general a través de cualquier medio de comunicación, así como la distribución de éstas”.
El citado artículo añade que esta actividad “puede realizarse de manera habitual o esporádica, remunerada o no y sin que necesariamente exista una relación laboral con un medio».
El proyecto fue enviado al Senado para su revisión y votación.