Diferentes formas de «familia» una realidad social

Preparan primera boda gay en Yucatán; gobierno no impugnará

Rosa Santana

(apro).-

 Alberto Carrillo Esquivel y Ricardo Arturo Góngora podrán convertirse en los próximos días en la primera pareja gay que legalice su unión en el estado, pues esta noche el gobierno de Yucatán anunció que no apelará la resolución de la justicia federal, que les concede el amparo para casarse.

En un comunicado de dos párrafos, el gobierno de Yucatán dio a conocer esta noche su postura respecto de este amparo en concreto.

“En atención a la resolución emitida en el amparo número 497/2013-I promovido por Javier Alberto Carrillo Esquivel y Ricardo Arturo Góngora, con fecha de 10 de junio de 2013, por medio de la cual se les concede el amparo y protección de la justicia federal solicitado para efecto de que no se les aplique lo dispuesto en el numeral 49 del Código de Familia del Estado de Yucatán, la Dirección del Registro Civil del Gobierno manifiesta lo siguiente: “Priorizando el bienestar de la población y tomando en cuenta de que Yucatán es una entidad en donde impera el Estado de Derecho, se acatará la decisión de la juez federal y se procederá en consecuencia a atender la solicitud de Javier Alberto Carrillo Esquivel y Ricardo Arturo Góngora”.

Javier Carrillo y Ricardo Góngora recurrieron hace unos meses a la justicia federal ante la reticencia de las autoridades locales a casarlos.

En conferencia de prensa, el pasado 3 de julio la pareja dio a conocer que el lunes 1 el Juzgado Tercero de Distrito con sede en Mérida les notificó la sentencia correspondiente al juicio de amparo 497/2013 que presentaron ante la negativa del Registro Civil del estado de Yucatán a su solicitud de matrimonio.

El pasado 26 de marzo, la pareja acudió a las instalaciones del Registro Civil para tramitar la legalización de su unión, pero la solicitud les fue denegada bajo el argumento de que la definición establecida por el artículo 49 del Código de Familia del estado se refería a la unión entre un solo hombre y una sola mujer.

Un mes después, Javier y Ricardo, asesorados por integrantes del Colectivo Ciudadano por el Matrimonio para Todos y Todas en Yucatán y el Frente Oaxaqueño por el Respeto y Reconocimiento de la Diversidad Sexual, presentaron un juicio de amparo ante los Juzgados de Distrito con sede en Mérida, que tocó conocer al Juzgado Tercero de Distrito.

En dicho juicio la pareja reclamó, entre otros puntos, violaciones a los derechos humanos, a la no discriminación por preferencia sexual, a la protección del desarrollo y organización de la familia, así como al libre desarrollo de la personalidad.

 En una sentencia histórica para el estado de Yucatán, el pasado lunes 1 el Juzgado Tercero de Distrito determinó conceder el amparo y protección de la justicia federal a Javier y Ricardo.

Los fundamentos en que el juez basó su sentencia señalan que la protección para la familia reconocida por la Constitución federal no se limita a una sola definición de familia, sino que implica reconocer todas las formas y manifestaciones en cuanto realidad social existente.

Asimismo, asienta que la relación jurídica matrimonial ha dejado de vincularse al fin de la procreación, sosteniéndose, primordialmente, en los lazos afectivos, sexuales, de identidad, solidaridad y de compromiso mutuos de quienes desean una vida en común, además de que el derecho a la igualdad significa no hacer diferencias entre los individuos con la finalidad de discriminarlos o darles un trato preferente frente a otros.

De igual manera, afirma que la dignidad humana, como un derecho superior reconocido por el sistema jurídico mexicano, deriva del libre desarrollo de la personalidad, es decir, del derecho de todo individuo de elegir de forma libre cómo vivir su vida, lo que comprende, entre otras expresiones, la libertad de contraer matrimonio, así como su libre opción sexual.

Partiendo de lo anterior, el Juzgado determinó que el matrimonio, como se encuentra regulado en el artículo 49 del Código de Familia, viola las garantías de igualdad y no discriminación contenidas en los artículos 1 y 4 Constitucional, puesto que la unión entre personas del mismo sexo no es una amenaza u oposición a la conservación de la familia, dado que la transformación y secularización del matrimonio y de la sociedad ha resultado en una gran diversidad de formas de constituir una familia que no surgen necesariamente de la unión entre hombre y mujer.

Por ello, el Registro Civil ordenó aplicar a favor de Javier y Ricardo la figura del matrimonio de conformidad con el principio constitucional de igualdad, de suerte que se entienda que el matrimonio es una institución por medio del cual se establece la unión voluntaria y jurídica celebrada entre dos personas, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones.

Con esta sentencia, Yucatán se sumó a Oaxaca y Colima, entidades donde los jueces federales han concedido amparos a favor de parejas del mismo sexo a quienes las autoridades del Registro Civil se han negado a casar. Actualmente, sólo el Distrito Federal tiene una legislación que, sin necesidad de amparos, ya avala las uniones entre personas del mismo sexo.

En esos amparos, la justicia federal ha determinado que las normas que sustentan las restricciones, y en consecuencia la negativa para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, implican una clara discriminación y, por tanto, una violación al principio de igualdad.

Pese a la insistencia, el Congreso local se ha negado a descongelar la iniciativa para legalizar en la entidad las uniones entre parejas de un mismo sexo.