Derechos Humanos FRAYBA informa:

Estimados y estimadas:
Enviamos el Boletín 31 sobre el segundo aniversario de la Masacre de 
la Comunidad de Viejo Velasco, Ocosingo; sobre los hechos del 13 de 
Noviembre de 2006 donde indígenas tseltales, tsotsiles y ch?oles 
sufrieron un ataque armado, cuyo saldo a la fecha es de 4 personas 
muertas y 4 más desaparecidas; situación que sigue impune con graves 
violaciones a los derechos humanos como son la desaparición forzada, 
el desplazamiento interno de 39 personas, agresiones físicas, 
detenciones arbitrarias y homicidios. dos años de impunidad de 
negligencia y criminalización contra familiares y víctimas de la 
masacre y la humanidad toda.
Saludos
Pedro Faro
Area de Sistematización e Incidencia
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México; a 13 de Noviembre de 2008
Boletín de Prensa No. 31
Dos años de Impunidad de la masacre de Viejo Velasco, Ocosingo
? La negligencia del Ministerio de Justicia del Estado permite la 
impunidad y la Criminalización a familiares y víctimas de la Masacre
Este Centro de Derechos Humanos ha documentado a lo largo de estos dos 
años los eventos relacionados con la Masacre ocurrida el 13 de 
Noviembre de 2006, en la cual indígenas tseltales, tsotsiles y ch?oles 
de la comunidad Viejo Velasco Suárez , municipio de Ocosingo, 
sufrieron un ataque armado, cuyo saldo a la fecha es de 4 personas 
muertas y 4 más desaparecidas; que de acuerdo con el testimonio de las 
víctimas sobrevivientes fue perpetrado por miembros de la comunidad 
Nueva Palestina y agentes del estado; situación que sigue impune con 
graves violaciones a los derechos humanos como son la desaparición 
forzada, el desplazamiento interno de 39 personas, ataques a la 
integridad personal, privaciones arbitrarias de la vida y de la 
libertad.
De las 4 personas asesinadas durante el ataque: Filemón Benítez Pérez, 
Antonio Mayor Benítez Pérez y María Núñez González, eran pobladores de 
la comunidad de Viejo Velasco; por otro lado Vicente Pérez Díaz 
perteneciente a la comunidad agresora. De los desaparecidos Mariano 
Pérez Guzmán, Miguel Moreno Montejo, Pedro Núñez Pérez y Antonio 
Peñate López, todos de la comunidad Viejo Velasco.
Los testimonios de los sobrevivientes afirman que, aproximadamente a 
las 6 de la mañana del día 13 de noviembre, cerca de 40 agresores 
vestidos de civil, provenientes de la comunidad Nueva Palestina, 
entraron a Viejo Velasco Suárez, seguidos por un grupo de 
aproximadamente 300 personas vestidas con botas y uniformes negros y 
azules, como los que caracterizan a la Policía Sectorial, portando 
armas de grueso calibre.
La versión de los sobrevivientes, coincide con el informe que el 
Estado Mexicano rindió a la Comisión Interamericana de Derechos 
Humanos sobre los hechos: ??el 13 de noviembre del 2006, se llevó a 
cabo un operativo en el Ejido Viejo Velasco, en el que participaron 5 
Fiscales del Ministerio Público, 2 peritos, el Comandante Regional 
Zona Selva de la Agencia Estatal de Investigación, 7 elementos a su 
mando, así como 300 elementos de la Policía Sectorial , de la 
Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Chiapas y un 
representante de la Secretaría de Desarrollo Social?.
El ataque armado se dio en un contexto de reivindicación del derecho 
al Territorio, amparado en los Derechos de los Pueblos Indígenas, en 
contra de las violaciones sistemáticas que el Estado Mexicano 
implementa a través de políticas agrarias y ambientales que han 
generado procesos de reubicación forzosa y amenazas de desalojo 
violentas, en la región conocida como ?El Desempeño?, específicamente 
contra los poblados: Viejo Velasco Suárez, Flor de Cacao, Ojo de Agua 
Tsotsil y San Jacinto Lacanjá. El primero de ellos ya atacado, el 
segundo presionado a negociar la tierra, mientras los demás continúan 
amenazados.
Ineficaz procuración y administración de justicia
El 14 de noviembre de 2006, aproximadamente a las 14:00 hrs., Diego 
Arcos Meneses, indígena ch?ol, promotor de salud, miembro de la 
organización Xi?nich y autoridad comunitaria de Nuevo Tila, municipio 
de Ocosingo, quien fue detenido arbitrariamente cuando intentaba 
asistir a las víctimas de la masacre y después de mas de un año de 
estar injustamente preso, el 4 de diciembre de 2007 obtuvo su 
libertad, por la presión social que ejercieron los grupos solidarios 
en lo local, nacional e internacional.
El 15 de noviembre de 2006, victimas sobrevivientes de la masacre 
presentaron denuncia por los hechos del 13 de noviembre y la 
desaparición de sus familiares ante la Fiscalía de Distrito Selva en 
Palenque Chiapas, quien dio inicio a las investigaciones mediante el 
Acta Administrativa 1334/CAJ74-T2/2006. Después de 8 meses de iniciada 
la investigación y ante la ineficacia de las mismas, son los 
familiares de las víctimas de la Masacre y una Comisión Civil de 
Observación que el día 6 de julio de 2007 encuentran los restos de 2 
osamentas, que por las prendas que yacían junto a ellas, refieren los 
familiares que se trataba posiblemente de 2 de los desaparecidos.
Respecto al hallazgo de las osamentas, se dio parte al Ministerio 
Público de Palenque para el levantamiento de los restos y para la 
práctica de los peritajes que permitieran conocer la identidad de los 
mismos. Pasaron 8 meses para que el Ministerio de Justicia emitiera el 
dictamen genético, solicitado a la Dirección de Servicio de Técnica 
Forense y Criminalística de dicha dependencia, la que señala como 
conclusión de su dictamen: ?La Dirección encargada de llevar a cabo la 
investigación analizó en cuatro diferentes ocasiones y con distintos 
protocolos de extracción de ADN el material proporcionado, consistente 
en las osamentas y sangre periférica; sin embargo, los resultados 
obtenidos señalan que no fue posible obtener material genético de las 
mismas dando como consecuencia la imposibilidad de llevar a cabo su 
comparación y posterior identificación.?
El Lic. Jorge Luis Zenteno Zenteno, Fiscal de Ministerio Publico 
Distrito Selva, encargado de la investigación, manifestó a integrantes 
de este Centro que la dilación en la entrega de los resultados, se 
debió a que el Ministerio de Justicia no cuenta con la tecnología 
adecuada para la práctica de dichos análisis genéticos, por lo que 
solicitaron apoyo a las autoridades del estado de Veracruz y del 
Distrito Federal, siendo en esta última ciudad en donde fueron 
realizados los estudios de las mismas. Sin embargo, dicha información 
proporcionada por el servidor público no consta en las actuaciones 
ministeriales. Por lo que hasta la fecha, se desconoce el paradero de 
Mariano Pérez Guzmán, Miguel Moreno Montejo, Pedro Núñez Pérez y 
Antonio Peñate López.
Este Centro de Derechos Humanos con base a la documentación que ha 
relizado en el presente caso, considera que existen elementos 
suficientes de responsabilidad del Estado Mexicano por las violaciones 
al derecho a la vida, la libertad personal e integridad física y 
psicológica, con relación a su obligación general de respetar, 
garantizar y proteger los derechos humanos de acuerdo a la Convención 
Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) y los siguiente 
instrumentos internacionales: Convención Interamericana sobre 
Desaparición Forzada de Personas, Convención Internacional para la 
Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, 
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos 
Indígenas, Principios Rectores de los Desplazamientos Internos, el 
Convenio 169 de la OIT, que forman parte de la Ley Suprema de la Unión 
en concordancia con el artículo 133 constitucional y la jurisprudencia 
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La ineficacia de las investigaciones realizadas por el gobierno del 
estado de Chiapas, no proporciona un recurso efectivo que garantice la 
debida protección judicial a las víctimas de la masacre. Ya que el 
Ministerio de Justicia del Estado, no ha realizado de manera seria y 
efectiva su trabajo, con notorias anomalías procesales, obstruyendo el 
derecho de acceso a la justicia, el derecho a la verdad, a la 
reparación de los daños y lo que hace pensar de un posible 
encubrimiento de los autores materiales e intelectuales de la masacre.
En cuanto a la población desplazada se mantiene la criminalización de 
las víctimas sobrevivientes y sus familiares, a través de las órdenes 
de aprehensión vigentes giradas en su contra, colocándolos en una 
situación de alta vulnerabilidad y falta de protección judicial. A 
esta grave situación, se le suma la negación y goce de los derechos 
económicos, sociales y culturales y demás derechos colectivos.
De acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de 
Derechos Humanos el Estado Mexicano tiene la obligación de combatir la 
impunidad por todos los medios legales disponibles, ya que esta 
propicia la repetición crónica de las violaciones de derechos humanos 
y la total indefensión de las víctimas y sus familiares. Como la 
Masacre ocurrida el 03 de Octubre de 2008, en la comunidad Miguel 
Hidalgo, municipio de la Trinitaria.

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