Edicto Citatorio y Decreto sobre la erección del Obispado de Querétaro

Edicto 

Edicto del Excelentísimo Señor Doctor Don José Maria Diez de Sollano y Dávalos anunciando la erección de la Diócesis de Querétaro. 

Nos el doctor y maestro D. José Maria Diez de Sollano y Dávalos, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica Obispo de León, Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe, etc. 

Por cuanto el Ilustrísimo Sr. Arzobispo de Michoacán, Dr. Don Clemente de Jesús Murguía, Prelado Doméstico de Su Santidad y Asistente al Solio Pontificio, ha subdelegado en Nos toda la plenitud de facultades con que lo invistió Nuestro Santo padre el Señor Pío Papa  lX, para la ejecución de las Letras Apostólicas en las que su Santidad se sirvió crear y erigir la nueva diócesis de Querétaro; Hemos tenido a bien leer y publicar solemnemente “Inter. Missarum  Solemnia” las sobre dichas letras y bulas apostólicas, como en efecto las hemos leído y publicado con todos los requisitos canónicos el día de hoy en la iglesia parroquial de Santiago de esta ciudad y debiendo ejecutar exactamente todas de las cosas que son objeto de nuestra comisión, mandamos por el presente edicto que se fijaran en las puertas de la iglesia parroquial y que dentro del perentorio e improrrogable término de ocho días contados desde el de la fecha, puedan alegarse cualesquiera privilegios, concesiones anteriores, perjuicios o bien hacerse cualesquiera otras representaciones sobre el contenido de las mencionadas letras apostólicas, cuya ejecución nos ha sido cometida, para que conforme al tenor literal de las mismas y en virtud de la Autoridad Apostólica deque por ellas nos hallamos investidos podemos fallar definitivamente y sin apelación cuanto acerca de su más cumplida apelación pueda promoverse. 

Y para que llegue la noticia a todos aquellos a quienes corresponda y de derecho interese; Así como para que ninguno pueda alegar ignorancia, mandamos se publique este nuestro edicto en la misma iglesia parroquial de Santiago de Querétaro con toda solemnidad y quede fijado en la puerta de la propia iglesia. 

Dado y firmado por Nos y sellado con nuestras armas y refrendado por nuestro secretario Ad Hoc, en la ciudad de Santiago de Querétaro, a los treinta y un días del mes de enero del año del Señor, de mil ochocientos sesenta y cuatro. 

José Maria de Jesús   Obispo de León                                                                            Pablo de Torres                                                                                                            Secretario Al margen: El escudo de armas del Obispo de León.     Citatorio 

Señores Curas: 

El domingo 31 del próximo enero se ha promulgado Inter. Missarum solemnia la Bula Apostólica en que Nuestro Santísimo Padre el Señor Pío lX se ha dignado erigir este nuevo Obispado e Querétaro y debiendo concluirse los ocho días improrrogables del edicto fijado para representar lo que pudiera haber sobre el particular el domingo 7 del corriente en que se ejecutará definitivamente la erección canónica de esta nueva diócesis, me ordena el Ilustrísimo Señor Subdelegado Apostólico Br. D. José Maria Diez de Sollano Obispo de León, diga a vosotros se dignen concurrir los que puedan  a este solemne acto, que se verificará en la parroquia de Santiago de esta Ciudad, igualmente me ordena se dignen venir a prestar obediencia al Ilustrísimo Señor Br. Bernardo Garate Obispo electo de esta nueva diócesis en la persona del Sr. Lic.  D. Luis Gonzaga Borja, quién tomará en su nombre posesión del obispado – Finalmente me manda diga a vosotros trascriban esta circular en el libro de providencias y que firmen al calce de esta para constancia, remitiéndola por cordillera violenta a los curatos marcados al margen –Logro esta ocasión tan plausible para ofrecerles la singular consideración de mi aprecio –Dios Nuestro Señor Guarde a Vosotros muchos años –Querétaro febrero 2 de 1864 –Br. Pablo Torres – Secretario-Agustín Guisáosla. Rúbrica. 

Nota: El libro de providencias de la Parroquia mayor de Santiago comienza en 1772, en el que se encuentra este citatorio.    Decreto 

Nos Clemente de Jesús Murguía, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica, Arzobispo de Michoacán, Asistente al Solio Pontificio, Prelado Doméstico de Nuestro Santísimo Señor Pío Papa IX y Delegado especialmente por el mismo Santísimo Señor Nuestro para todas y cada una de aquellas cosas que se relacionan con la erección y la ordenación del nuevo obispado de Querétaro:  

Al amado hermano, ilustrísimo Señor Don José María Díez de Sollano, Obispo de León, salud sempiterna en el Señor. 

Plugo al Santísimo Señor Nuestro Pío Papa IX, acceder benignamente a los deseos de los Obispos Mexicanos en orden a erigir nuevas diócesis en la Provincia Mexicana y elevar la Iglesia de Michoacán a la categoría de Metropolitana y crear y establecer las Diócesis de León, de Zamora y de Querétaro, y elegimos y nombramos ejecutor de negocio tan grande. Por ello mandó se nos entregaran las adjuntas Letras Apostólicas para la dicha erección de la antes nombrada Diócesis de Querétaro. Con la reverencia y su misión de vida recibimos y leímos estas letras, en ella verás todas y cada una de las cosas que se nos encomiendan y principalmente la amplísima facultad de subdelegar la comisión dicha, aceptada por Nos. Por tanto, Nos Clemente de Jesús Murguía, Arzobispo de Michoacán, deseando como hijo verdadero y obediente, ejecutar diligentemente los mandatos apostólicos y no pudiendo darles complemento por Nos mismo; con la misma autoridad apostólica de que estamos envestidos, voluntariamente te subdelegamos todas y cada una de las facultades que se nos han encomendado y queremos que pases a la Ciudad de Querétaro y las hagas leer en público y totalmente en su Iglesia Parroquial y las promulgues canónicamente de la manera más solemne que te sea posible y cumplas con fidelidad todas y cada una de las cosas contenidas en ellas, según el tenor estricto de las mismas. Lugo después por medio de documento auténtico, con diligencia nos notificarás todo lo que hubieres realizado. Juzgamos que de esa manera daremos cumplimiento en lo que a Nos toca a los mandamientos del mismo Santísimo Señor Nuestro. En fe de ello firmamos con nuestra propia mano esta amplísima subdelegación y hemos mandado que sea autorizada con nuestro sello dado y ejecutado en la Ciudad de México, el día Décimo Sexto de Noviembre, en el año del Señor, Mil Ochocientos Sesenta y Tres- Clemente de Jesús, Arzobispo de Michoacán, Rúbrica.          Decreto 

Nos el Doctor y Maestro José María Díez de Sollano y Dávalos, por la Gracia de Dios y de la Sede Apostólica, Obispo de León, varias veces rector de la Academia Imperial Mexicana, Caballero de la Orden Imperial de Santa María de Guadalupe, etc. 

A todos y cada uno de los que vean las presentes letras, Salud Sempiterna en el Señor:  

Fue voluntad de Nuestro Santísimo Señor Pío, por la Divina Providencia Papa IX, accediendo a los deseos de los Obispos Mexicanos, a ser nueva circunscripciones de las Diócesis de este Imperio Mexicano y erigir y crear nuevos Obispados, entre los cuales se encuentra la nueva Diócesis de Querétaro, que se erigirá y elegir y destinar para la ejecución de tan grande negocio al esclarecidísimo Arzobispo de Michoacán el Señor Doctor Don Clemente de Jesús Munguía, Prelado Doméstico y asistente al Solio Pontificio, adornado además por otras sobresalientes prendas y el predicho Arzobispo de dignó encomendar a Nos, aunque muy indigno, obra de tan grande importancia según la honrosísimas letras suyas. 

Al mismo tiempo, juntamente con estas letras, el Señor Arzobispo mencionado tuvo el cuidado de transmitir a Nos las Letras Apostólicas relativas a la erección del Nuevo Obispado de Querétaro, expedidas en Roma por Nuestro Santísimo Señor el Papa Pío IX el día Séptimo antes de las Calendas de Febrero del año de Mil Ochocientos Sesenta y Tres, Décimo Séptimo de su Pontificado; las cuales Nos recibimos con la reverencia debida y Nos mismo hicimos que se leyeran y promulgaran como en realidad lo hicimos, públicamente y delante de todos y solemnemente, en presencia del Venerable Clero, del Magistrado, y del Pueblo de Querétaro (Citados para ello oficialmente por Nos) en la Iglesia Parroquial de Santiago, inter missarum solemnia, revestido de ornamentos pontificales, el día anterior a las Calendas de Febrero del año que corre Mil Ochocientos Sesenta y Cuatro, son ellas del tenor siguiente.