Cr{onica de la erección de La Diócesis de Querétaro

Crónica 

El 26 de enero de 1863 Nuestro Santísimo Padre el Señor Pío lX con la Bula Pontificia que comienza “Deo Optimo Maximo” se dignó erigir la diócesis de Querétaro y designar delegado para la ejecución de aquella al Ilustrísimo y Reverendísimo Sr. Dr. Y Lic. D. Clemente de Jesús Munguía a quién el 8 de marzo de ese mismo año nombraría Arzobispo de Michoacán, con facultad para delegar ampliamente a quién tuviera a bien elegir. 

Recibido el documento pontificio por el Ilustrísimo y Reverendísimo Delegado Pontificio e impuesto cuidadosamente de él, con fecha 16 de noviembre del mismo año, lo envió al Ilustrísimo y Reverendísimo Obispo Electo de león Dr., D. Jesús Maria de Jesús Diez de Sollano y Dávalos a quién subdelegó ampliamente para ejecutarla, por no poder hacerlo él mismo, debido a sus crónicos achaques. 

El Señor Presbítero, Don José Maria Ochoa, quién había sido Cura de la Parroquia de Santiago, la principal de la Ciudad de Querétaro, de 1858 a 1858 (Situada en el antiguo templo de La Compañía de Jesús),  y después de haber sido también Cura de La Santa Cruz y de La Soledad, en la Ciudad de México, volvió a domiciliarse en Querétaro y quién posteriormente fuera Arcediano de la Catedral, con oportunidad, se dió a la tarea de traducir al castellano la dicha Bula. 

Acercándose el día de la erección, el Ilustrísimo y Reverendísimo Subdelegado Pontificio, se trasladó a la Ciudad de Querétaro, que teniendo noticias de su advenimiento, concurrió el domingo 31 de enero de 1864 a la iglesia parroquial de Santiago, a la misa solemne que celebró el mencionado Obispo electo de León y en la que dió a conocer, por su ordenamiento se leyeran en latín y castellano, las mencionadas Letras Apostólicas, al Venerable Clero, al Magistrado Supremo del estado, D. Desiderio de Samaniego y a los fieles, que por completo ocupaban el sagrado recinto. 

En el miso día mandó fijar en el cancel de la iglesia parroquial de Santiago este edicto publicado antes en la misma iglesia y el martes siguiente 2 de febrero se envió “por Cordillera” a todos los Señores Curas de la que iba a ser la Diócesis, a través de un citatorio. 

Los párrocos el día de la erección de la Diócesis de Querétaro eran los señores presbíteros: Agustín Guisáosla, Interino de Santiago.José Guadalupe Perusquía, interino de Santa Ana.José Guadalupe Jaime, de San Sebastián. 

Pedro Ladrón de Guevara, de San Juan Del Río.José Maria Barbosa, de La Cañada.Rafael Yánez, del Pueblito.Antonio Mendoza, De Santa Rosa Jáuregui. Gregorio García, de Huimilpan.Macario Rodríguez, de Amealco.Francisco Becerril, de Tolimanejo o Colón.Nazario Jordán, de Tolimán.Camilo Mireles, de Tequisquiapan. 

Domingo Rodríguez, de San José Iturbide.Francisco de Jesús Torices, de Xichù de indios o Victoria.Fray Agustín González, Vicario de Tierra blanca.Macario Acosta, de Landa.Eustaquio Téllez, de Jalpan. 

Llegó el día de recuerdo imborrable, domingo 7 de febrero, en que sería erigida la nueva Diócesis y tomaría posesión de ella, por medio del Sr., Pbro. Lic. D. Luis Gonzaga Borja, su apoderado, el Ilustrísimo y Reverendísimo Sr. Dr. D. Bernardo Garate y López Arizmendi, nombrado primer obispo de Querétaro, el 19 de marzo de 1863. 

En ese acto celebrado en la mencionada iglesia de Santiago, presidido por el Subdelegado Pontificio, se leyó su Decreto, en el que erige la Diócesis y establece las ordenanzas fundamentales de su constitución. Ya antes se habían hecho copias de ese decreto. 

El Reverendísimo Procurador del Primer Obispo de Querétaro ocupó el trono episcopal al lado del evangelio de la nueva catedral, dió a conocer el nombramiento Pontificio del primer Obispo y su propio mandato y recibió la obediencia del Venerable Clero de la Nueva Diócesis, besando la mano del Reverendísimo Procurador. 

No se ha podido encontrar una crónica fidedigna de tan importante suceso, pero añadimos para subsanar en lo posible, el decreto del Subdelegado Pontificio para dar cumplimiento a la Bula de Erección de la Diócesis de Querétaro, el citatorio a los señores Curas de la futura diócesis y al Decreto de erección.