Estimadas y estimados:
les enviamos una solicitud pública al Gobernador de Estado de Chiapas,
en referencia a las graves violaciones a los derechos humanos
ocurridas en la comunidad de Miguel Hidalgo, en La Trinitaria, Chiapas.
anexamos el documento firmado por Diego Cadenas, Director de este Centro
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas
A 8 de Octubre de 2008
Asunto: Solicitud abierta de información
sobre la Masacre de Chinkultic
Lic. Juan Sabines Guerrero
C. Gobernador del Estado de Chiapas
Presente
Señor Gobernador;
Por este conducto, el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las
Casas, hace de su conocimiento, que decidió iniciar de motu proprio en
primera oportunidad, y posteriormente a solicitud expresa de la
comunidad de Miguel Hidalgo, municipio de La Trinitaria, la
documentación de las graves y manifiestas violaciones a derechos
humanos cometidas el 3 de octubre pasado, en el operativo
interinstitucional implementado en dicha comunidad en la que
participaron elementos policiales y servidores públicos adscritos a
dependencias bajo su cargo, que de acuerdo a la información preliminar
con que contamos, se ejecutaron a seis campesinos y se lesionaron de
gravedad a cuando menos a otros diecisiete, entre otros agravios
ocasionados a los pobladores de dicha comunidad.
El objetivo de realizar la documentación de los lamentables eventos en
referencia, es para que este Centro de Derechos Humanos tenga los
elementos que le permitan conocer y en su momento, informar al público
sobre lo sucedido, ubicando las circunstancias de hecho y de derecho
que permitieron la consumación de las violaciones, así como determinar
tanto las responsabilidades, las medidas de no repetición pertinentes
y la reparación integral por los daños ocasionados.
Todo lo anterior, bajo los términos establecidos por la normatividad
internacional sobre derechos humanos que el Estado Mexicano ha
suscrito y que por lo tanto, son parte de su legislación interna,
siendo en consecuencia de carácter imperativo para su gobierno, la
observación y cumplimiento de tales leyes.
Es por eso, que con fundamento en los artículos 2, 3 y 9 de la
Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho y el deber de los
individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los
derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente
reconocidos, en relación al contenido del artículo 133 de la
Constitución General de la República y de la jurisprudencia; así como
en los artículos 8 y 20 inciso C, constitucional, atentamente le
solicitamos, gire sus instrucciones a todas las dependencias
competentes bajo su cargo, a fin de que faciliten nuestra labor de
documentación, y en ese tenor en está ocasión le solicitamos que a la
brevedad posible se nos proporcione lo siguiente:
Primero. Copias certificadas de la averiguación previa y/o expediente
penal, que se instruye en contra de los probables responsables de las
privaciones arbitrarias de la vida y de las lesiones perpetradas el
pasado 3 de octubre, en agravio de pobladores de Miguel Hidalgo,
municipio de La Trinitaria.
Segundo. Información sobre la existencia, de manuales y/o protocolos
para la implementación de operativos policíacos, y en caso de su
existencia, se nos remita copias certificadas de los mismos.
Tercero. Copia de los expedientes clínicos de los pobladores de la
comunidad Miguel Hidalgo, que resultaron lesionados en el suceso del 3
de octubre pasado.
Cuarto. Copia de las minutas de trabajo y/o acuerdos, tomados por el
gobierno del estado con la comunidad y/o autoridades de la comunidad
de Miguel Hidalgo, municipio de La Trinitaria, relativos a la atención
de los agravios ocasionados durante el operativo.
Quinto. El libre acceso a los centros de detención en los que se
encuentren los policías detenidos como probables responsables de los
ilícitos cometidos en el operativo del 3 de octubre en el poblado de
Miguel Hidalgo, La Trinitaria, para efectos de tomar sus testimonios,
para lo cual también se nos permita introducir cámara de video y de
audio.
Quedamos en espera de su pronta respuesta.
Atentamente
Diego Cadenas Gordillo
Director
Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, A.C.
Protestar es un derecho, reprimir es un delito
C.c.p. Santiago Cantón. Secretario Ejecutivo de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos. Para conocimiento e intervención
de la CIDH.
C.c.p. Rupert Knox. Amnistía Internacional. Para conocimiento e intervención.
C.c.p. Eric Sottas. Organización Mundial Contra la Tortura. Para su
conocimiento en intervención.
C.c.p. Liliana Valiña. Oficina en México del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Para su conocimiento e
intervención.
C.c.p. Amador Rodríguez Lozano. Ministro de Justicia del Estado de
Chiapas. Para su conocimiento e intervención.
C.c.p. Jorge Antonio Morales Messner. Secretario de Gobierno del
Estado de Chiapas. Para su conocimiento e intervención.
C.c.p. Juan Jesús Mora Mora. Secretario Ejecutivo del Consejo de
Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Seguridad. Para su
conocimiento e intervención.
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Jorge HERNÁNDEZ
Área de Sistematización e Incidencia
Centro de Derechos Humanos
Fray Bartolomé de Las Casas, AC

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